27.02.2021 Views

CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

T. Vil EJECUCIÓN CONTRACTUAL/OBRAS ART. 1 9 8

El inspector o supervisor los eleva a la Entidad, con los reajustes que puedan concordarse

con el contratista, en un plazo máximo de siete (7) días, contados a partir

del día siguiente de la recepción del nuevo calendario presentado por el contratista.

En un plazo no mayor de siete (7) días, contados a partir del día siguiente de

la recepción del informe del inspector o supervisor, la Entidad se pronuncia sobre

dicho calendario, el mismo que, una vez aprobado, reemplaza en todos sus efectos

al anterior. De no pronunciarse la Entidad en el plazo señalado, se tiene por

aprobado el calendario elevado por el inspector o supervisor.

198.8. Cualquier controversia relacionada con las solicitudes de ampliación de

plazo puede ser sometida al respectivo medio de solución de controversias dentro

de los treinta (30) días hábiles posteriores a la fecha en que la Entidad debió

notificar su decisión o de la notificación de la denegatoria, total o parcial, de la solicitud

formulada.

Concordancias en la LCE:

Art. 34.9:

Art. 45.5:

Solicitud de ampliación de plazo

Solución de controversias respecto de ampliaciones de plazo

C o n co rd a n cia s en el R LC E:

Art. 197: Causales de ampliación de plazo

O PIN IO N ES D E L O S C E

OPINIÓN 191-2017/DTN: Ampliación de plazo contractual se gesta a partir del OP1048

requerimiento del contratista y el cumplimiento de la normativa

"Así, de las disposiciones señaladas en los párrafos precedentes, se desprende que la

ampliación del plazo contractual debe ser solicitada por el contratista, y solo resulta

procedente cuando dicha solicitud es motivada por una situación en la cual el atraso

o paralización de la ejecución de las prestaciones a cargo del contratista responden

a una circunstancia ajena a la voluntad de este y que causen una modificación del

plazo, conforme a lo previsto en el Reglamento".

OPINIÓN 130-2018/DTN: Aprobación o denegatoria de una ampliación de plazo OP1049

contractual como declaración administrativa

"Por otro lado, resulta pertinente mencionar que el artículo 4 del lexto Único Ordenado

de la Ley N° 27584, Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo, diferencia

los actos administrativos de los demás actos que emite la Entidad, a los que

denomina 'cualquier otra declaración administrativa'.

En este punto, es importante considerar que el acto mediante el cual una Entidad se

pronuncia sobre una solicitud de ampliación de plazo -que declara improcedente o

aprueba la solicitud ampliación de plazo- emitido por el funcionario u órgano facultado

para ello, se efectúa dentro de las actuaciones relativas a la ejecución de los

contratos de la administración pública, por tanto correspondería a una manifestación

de voluntad de la Entidad o a una declaración administrativa".

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!