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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 21

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

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Morón Urbina, Juan Carlos y Paredes Carranza, Milagros. "Nuevo régimen de contratación

pública. Reporte especial". En: Administración Pública & Control N° 24, Gaceta Jurídica,

Lima, diciembre 2015.

"En el acceso a la información se establece la obligación del comité de selección

o del órgano encargado de las contrataciones que una vez otorgada la buena pro,

permitan el acceso de los postores al expediente de contratación, salvo la información

calificada como secreta, confidencial o reservada por la normativa de la materia,

a más tardar al día siguiente de haberse solicitado dicho acceso por escrito. Podrá

solicitarse dicho acceso en el acto público de otorgamiento de buena pro mediante

anotación de la solicitud en el acta respectiva" (p. 7).

Torres Zavala, Carlos Ricardo. "La cesión de derechos y cesión de posición contractual en

la Ley de Contrataciones del Estado". En: Administración Pública & Control N° 17, Gaceta Jurídica,

Lima, mayo 2015.

"Con la Ley de Contrataciones del Estado (LCE), los tipos de procedimientos de selección

son: licitación pública, concurso público, adjudicación simplificada, selección de

consultores individuales, comparación de precios, subasta inversa electrónica, contratación

directa y demás procedimientos de selección de alcance general que contemplará

el Reglamento" (p. 61).

Torres Zavala, Carlos Ricardo. "La cesión de derechos y cesión de posición contractual en

la Ley de Contrataciones del Estado". En: Administración Pública & Control N° 17, Gaceta Jurídica,

Lima, mayo 2015.

"Las etapas de cada uno de estos procedimientos de selección (desde la convocatoria

del proceso hasta el otorgamiento de la buena pro) dependerán del objeto del

proceso y del valor referencial establecido. A mayor valor referenclal, mayor rigurosidad

en el procedimiento (etapas, plazos, etc.); a menor valor, menor rigurosidad en

el mismo" (p. 61).

Morón Urbina, Juan Carlos y Paredes Carranza, Milagros. "Nuevo régimen de contratación

pública. Reporte especial". En: Administración Pública & Control N° 24, Gaceta Jurídica,

Lima, diciembre 2015.

"En los procedimientos de selección, a la licitación pública y al concurso público, y la

subasta inversa se adicionan nuevos procedimientos: adjudicación simplificada (bienes,

servicios en general y obras), selección de consultores individuales, comparación

de precios (bienes y servicios en general, de disponibilidad inmediata, fáciles de

obtener y que se comercialicen bajo oferta estándar) y contrataciones directas" (p. 7).

Bertrán Espinoza, Katherine. "Obligatoriedad de firma y sello de notario en folios de propuestas

presentadas en acto público". En: Administración Pública & Control N° 7, Gaceta Jurídica,

Lima, julio 2014.

"Tanto el acto de presentación de propuestas y de otorgamiento de la buena pro

son públicos, dando fe del desarrollo de los hechos en tal sesión un notario público

o juez de paz; en este caso en particular y como en las praxis es común ver la participación

de un notario público, resaltando su presencia dentro del ejercicio de su

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