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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. V MÉTODOS DE CONTRATACIÓN / CONCURSO PÚBLICO ART. 87

Concordancias en el RLCE:

Art. 9.9: Responsabilidad del proveedor de no estar impedido para contratar con el

Estado al momento de presentar su oferta

Art. 66: Publicidad de las actuaciones)

Art. 79: Etapas

Art. 80: Convocatoria y demás etapas

Art. 81: Presentación de ofertas

Art. 82: Calificación y evaluación de las ofertas técnicas

Art. 83: Evaluación de ofertas económicas

Art. 84: Otorgamiento de la buena pro

Art. 119: Plazo para interposición) de recurso de apelación

Art. 141 lit. b: Facultad de dejar sin efecto el otorgamiento de la buena pro

6a DCT: Realización progresiva de licitaciones públicas y concursos públicos electrónicos,

de acuerdo a lo establecido por el OSCE mediante comunicado, mientras

tanto se realiza en acto público y con formalidades

Concordancias en Directivas del O SCE:

Directiva N° 007-2019-OSCE/CD: Disposiciones aplicables al registro de información en el Sistema

Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE

O PIN IO N ES D E L O SC E

OPINIÓN 206-2017/DTN: Deber de evaluar solo la oferta con mejor puntaje que

haya excedido el valor referencial respecto de otras ofertas que excedieron el valor

referencial

"(...) en los procedimientos de selección cuyo objeto es la contratación de bienes,

servicios en general y obras, en donde en la evaluación de ofertas el órgano a cargo

del mismo ya conoce los montos ofertados por los postores, el procedimiento previsto

en el (...) Reglamento -siempre refiriéndonos a la circunstancia en la que la

oferta económica supera el valor referencial de la convocatoria- no se realiza respecto

de todas las ofertas que excedan el valor referencial, sino respecto a aquella

que, excediendo el valor referencial, haya alcanzado el mejor puntaje total, situación

que se conoce con anterioridad al otorgamiento de la buena pro y siempre que esta

haya sido calificada".

OP663

PRO N U N CIA M IEN TO S D EL O SC E

PRONUNCIAMIENTO 995-2015/DSU: Imposibilidad de modificación de especifica- p 57

ciones técnicas con ocasión de la absolución de consultas y/u observaciones

"Las especificaciones técnicas consignadas en las Bases de los procesos de selección

no pueden ser modificadas con motivo de la absolución de consultas y/u observaciones

formuladas por los participantes, pudiéndose únicamente realizar precisiones

sobre las mismas para aclarar su alcance o atender solicitudes que no impliquen

el reemplazo de las características aprobadas" [Precedente adm inistrativo

de observancia obligatoria].

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