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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. II PROCESO DE CONTRATACIÓN / MÉTODOS DE CONTRATACIÓN ART. 24

Torres Zavala Carlos Ricardo. "La cesión de derechos y cesión de posición contractual en D 216

la Ley de Contrataciones del Estado". En: Administración Pública & Control N° 17, Gaceta Jurídica,

Lima, mayo 2015.

"Con la Ley de Contrataciones del Estado (LCE), los tipos de procedimientos de selección

son: licitación pública, concurso público, adjudicación simplificada, selección de

consultores individuales, comparación de precios, subasta inversa electrónica, contratación

directa y demás procedimientos de selección de alcance general que contemplará

el Reglamento" (p. 61).

Morón Urbina Juan Carlos y Paredes Carranza Milagros. "Nuevo régimen de contrata- D 217

ción pública. Reporte especial". En: Administración Pública & Control N° 24, Gaceta Jurídica,

Lima, diciembre 2015.

"En los procedimientos de selección, a la licitación pública y al concurso público, y

la subasta inversa se adicionan nuevos procedimientos: adjudicación simplificada

(bienes, servicios en general y obras), selección de consultores individuales, comparación

de precios (bienes y servicios en general, de disponibilidad inmediata,

fáciles de obtener y que se comercialicen bajo oferta estándar) y contrataciones

directas" (p. 7).

Gómez Nestares José Rodolfo. "Análisis de la nueva Ley de Contrataciones del Estado y su D 218

proyecto de Reglamento". En: Administración Pública & Control N° 22, Gaceta Jurídica, Lima,

octubre 2015.

"La selección de consultores individuales se utiliza para la contratación de consultorías

en las que no se necesita equipos de personal ni apoyo profesional adicional

(artículo 24 de la Ley). Sus etapas son: a) Convocatoria; b) Registro de participantes;

c) Recepción de expresiones de interés y selección; d) Calificación y evaluación; y, e)

Otorgamiento de la buena pro" (p. 35).

Cortez Tataje Juan Carlos. "Temas claves del nuevo marco normativo en materia de con- D 219

trataciones del Estado". En: Administración Pública & Control N° 25, Gaceta Jurídica, Lima,

enero 2016.

"Lo interesante en este procedimiento de selección es que el comité de selección

evalúa a los postores calificados asignando puntajes conforme a los siguientes factores:

I) experiencia en la especialidad: sesenta (60) puntos; ¡i) entrevista: diez (10)

puntos; y iii) calificaciones: treinta (30) puntos. Según se advierte, dicha contratación

guarda similitud con los procesos de selección de personal tradicional, excluyendo

la etapa de evaluación psicológica" (p. 8).

Morón Urbin^ Juan Carlos y Paredes Carranza Milagros. "Nuevo régimen de contrata- d 220

ción pública. Reporte especial". En: Administración Pública & Control N° 24, Gaceta Jurídica,

Lima, diciembre 2015.

"En las contrataciones directas, además de las exoneraciones previas (contratación

entre entidades, situación de emergencia, situación de desabastecimiento, contratación

con carácter secreto, proveedor único de bienes y servicios, servicios personalíslmos),

existen las siguientes: contratación de servicios de publicidad estatal,

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