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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. Vil EJECUCIÓN CONTRACTUAL/OBRAS art. 1 9 5

Decreto Supremo N° 011-79-VC y -en consecuencia- la normativa de contrataciones

del Estado.

En virtud de lo expuesto, si bien durante la ejecución contractual y -por consiguiente-

en el procedimiento de liquidación del contrato debía emplearse -en

principio- la fórmula polinómica establecida en el expediente técnico, sin que se

pudiera modificar su contenido; la Entidad -de manera excepcional y en una decisión

de gestión de su exclusiva responsabilidad- podía aprobar la corrección de los

coeficientes de incidencia de la fórmula polinómica cuando la sumatoria de estos

arrojaba un resultado distinto a la unidad y con el único propósito de obtener dicho

resultado, a efectos de ajustar el contenido del contrato a las disposiciones del ordenamiento

legal vigente".

OPINIÓN 007-2018/DTN: Correcto planteamiento de los coeficientes de incidencia OP1031

de una fórmula polinómica en contratos de obra

"Al respecto, es importante señalar que el artículo 2 del Decreto Supremo N° 011-79-

VC señala que los coeficientes de incidencia son cifras decimales con aproximación

al milésimo que representan el grado de participación de determinados elementos

(mano de obra, materiales, equipos de construcción, gastos generales, utilidad, entre

otros) en el costo de la obra; estableciendo que la suma de todos los coeficientes de

incidencia siempre será igual a la unidad.

De esta manera, cuando la sumatoria de todos los coeficientes de incidencia arrojaba

como resultado a la unidad, se podía concluir que la fórmula polinómica había sido

elaborada cumpliendo una de las condiciones previstas por el Decreto Supremo N°

011-79-VC".

OPINIÓN 007-2018/DTN: Imposibilidad de modificar las fórmulas polinómicas OP1032

durante la ejecución contractual

"En este punto, es Importante señalar que la ley y el reglamento contemplaban una

serie de modificaciones que podían efectuarse respecto del contrato de obra, tales

como la aprobación de prestaciones adicionales, la reducción de prestaciones, la

ampliación de plazo, entre otros; no obstante ello, ninguna de estas modificaciones

se encontraba referida a la corrección de las fórmulas polinómicas señaladas en el

expediente técnico de obra, durante la ejecución contractual.

(...)

Como se advierte, el anterior artículo 142 del Reglamento [véase art. 160 del nuevo

RLCE] tenía como uno de sus presupuestos que el hecho generador de la modificación

contractual fuera sobreviniente al perfeccionamiento del contrato; en tal sentido,

no era posible efectuar la corrección de la fórmula polinómica al amparo del

dispositivo bajo análisis, toda vez que su elaboración e inclusión en el expediente técnico

de obra se efectuaba en una oportunidad anterior a la suscripción del contrato.

En ese orden de ideas, puede concluirse que dentro de las modificaciones que

la normativa de contrataciones del Estado preveía para el contrato de obra no se

encontraba la corrección de fórmulas polinómicas; por lo tanto, al amparo de lo dispuesto

por la citada normativa, durante la ejecución contractual, no podían modificarse

las fórmulas polinómicas contenidas en el expediente técnico".

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