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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 61

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

D O CTRIN A

D 398

^occa Luna Victoria, Fernando. "Nuevas modificaciones a la Ley de Contrataciones del

Estado". En: Administración Pública & Control N° 59, Gaceta Jurídica, Lima, noviembre 2018.

"El Tribunal de Contrataciones del Estado (TCE) es aquel órgano colegiado adscrito al

Organismo de Contrataciones del Estado (OSCE) encargado de sancionar a aquellas

empresas o profesionales que incurran en incumplimiento de sus funciones o quebrantamiento

de normas de contrataciones del Estado. (...) el Tribunal se encarga

de pronunciarse como última instancia administrativa entre las controversias que

surjan en los procedimientos de selección y/o ante los recursos impúgnatenos'.

Los artículos 50 y 59 de la norma modificatoria, establecen qué se considera como

infracción y, por lo tanto, una de las funciones del Tribunal de Contrataciones del

Estado (TCE) es sancionar a profesionales que actúen como residentes y supervisores,

(...) pues ante alguna conducta perjudicial de estos profesionales podrán ser

multados, suspendidos o inhabilitados. En efecto, (...) es facultad del Tribunal de

Contrataciones del Estado (TCE) sancionar a aquellos residentes y/o supervisores

que no cumplan a cabalidad con sus funciones y/o obligaciones contractuales, las

mismas que son el velar por la ejecución óptima de la obra, con lo que se protege

los intereses de la entidad" (pp. 41 - 42).

§

ARTÍCULO 61

Causales de vacancia

La vacancia se produce por las siguientes causales:

a) Renuncia ai cargo.

b) Fallecimiento.

c) Incapacidad permanente.

d) Incompatibilidad sobreviniente.

e) Condena por delito doloso.

f) Inhabilitación administrativa o judicial.

g) Vencimiento del periodo de designación, salvo la continuación en el ejercicio

de las funciones a que se refiere el artículo precedente.

La vacancia de los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado se formaliza

mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas.

(Texto según el artículo 61 déla Ley N° 30225)

C o ncordancias en la LCE:

Art. 59:

Art. 60:

Tribunal de Contrataciones del Estado

Requisitos e im pedim entos para ser vocal

5081

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