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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 1 6 8 REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

y servidos que se efectúen en el marco de lo dispuesto por la normativa de contrataciones

del Estado, independientemente de que se trate de contratos de ejecución

única o contratos de ejecución periódica que involucren prestaciones parciales.

La normativa de contrataciones del Estado supedita la realización del pago a la emisión

de la conformidad por parte de la Entidad, no siendo posible efectuar el pago

si previamente no se ha cumplido con dicha condición. De esta manera, solo a través

de la emisión de la conformidad puede considerarse que una prestación ha sido

ejecutada según los términos contractuales aplicables y -en consecuencia- generarse

el derecho al pago".

OP 901

OP 902

OP 903

OPINIÓN 107-2013/DTN: Pago de prestaciones luego de efectuada la conformidad

"En este sentido, la vigencia del contrato principal culminará cuando el contratista

haya ejecutado las prestaciones principales y la Entidad haya otorgado la conformidad

de las mismas y realizado el pago correspondiente; y, por su parte, la vigencia

del contrato correspondiente a las prestaciones accesorias culminará cuando el contratista

haya ejecutado las mismas y la Entidad haya otorgado la conformidad y realizado

el pago de estas prestaciones".

OPINIÓN 184-2017/DTN: La conformidad requiere informe del funcionario responsable

que verifique el cumplimiento de todas las condiciones contractuales

"En este punto, es oportuno anotar que la conformidad requiere del informe del funcionario

responsable del área usuaria, quien debe verificar, atendiendo a la naturaleza

de la prestación, la calidad, cantidad y cumplimiento de las condiciones contractuales;

debiendo -para dicho efecto- realizar las pruebas que fueran necesarias.

Conforme a lo anterior, puede colegirse que el área usuaria -o el órgano que se

le haya asignado tal función-, es la encargada de supervisar la ejecución del contrato,

es decir, verificar o determinar que el contratista haya cumplido a cabalidad

con la ejecución de las prestaciones asumidas, por lo que para ello debe emitir un

informe sobre el cumplimiento de las condiciones contractuales, el cual da lugar a

la conformidad".

OPINIÓN 196-2017/DTN: Otorgada la conformidad, corresponde emitir la constancia

de prestación correspondiente

"Como se aprecia, tanto la regulación anterior como la vigente, establecen que la

obligación de entregar la constancia de prestación al contratista surge una vez que

este ha culminado la ejecución de su prestación o prestaciones a favor de la Entidad,

y esta le ha otorgado la conformidad respectiva.

De ello se desprende que la emisión de la constancia de prestación se encuentra

sustentada en la conformidad emitida por el órgano competente de la Entidad, en

tanto dicho documento solo puede emitirse una vez que se ha verificado el adecuado

cumplimiento de la prestación o prestaciones a cargo del contratista.

De este modo, la referida constancia sirve, entre otros aspectos, para sustentar la

experiencia obtenida por un proveedor, quien ejecutó determinada prestación a

favor de una Entidad en el marco de una contratación pública".

988

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