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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. V MÉTODOS DE CONTRATACIÓN / CONCURSO PÚBLICO ART. 83

ARTÍCULO 83

Evaluación de ofertas económicas

83.1. El comité de selección solo evalúa las ofertas económicas de los postores que

alcanzaron el puntaje técnico mínimo y en el caso de consultoría de obras, rechaza

las ofertas que exceden los límites previstos en el artículo 28 de la Ley.

83.2. El comité de selección evalúa las ofertas económicas, asignando un puntaje

de cien (100) a la oferta de precio más bajo y otorga a las demás ofertas puntajes

inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula:

P.=

Donde:

I Oferta

Pi Puntaje de la oferta a evaluar

Oi Precio i

Om = Precio de la oferta más baja

PMP = Puntaje máximo del precio

i

O x PMP

m___________

o. i

83.3. Para determinar el puntaje total de las ofertas, que es el promedio ponderado

de ambas evaluaciones, se aplica la siguiente fórmula:

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor i

Pti

Pei

C1

C2

PTPi = .PT.+ ,Pei

el i c2

= Puntaje por evaluación técnica del postor i

= Puntaje por evaluación económica del postor i

= Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica

= Coeficiente de ponderación para la evaluación económica

83.4. Los coeficientes de ponderación cumplen las siguientes condiciones:

0.80. <q< 0.90; y

0.10. <c2< 0.20

La suma de ambos coeficientes es igual a la unidad (1.00).

La oferta evaluada como la mejor es la que obtiene el mayor puntaje total.

Concordancias en la LCE:

Art. 21:

Art. 22:

Procedimientos de selección

Licitación pública y concurso público

Concordancias en el RLCE:

Art. 49: Requisitos de calificación

Art. 50: Procedimiento de evaluación

Art. 51:

Factores de evaluación

Art. 53: Procedimientos de selección

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