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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 74 REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

realizar una evaluación acorde a la normativa, sin lugar a interpretaciones, como se

ha pretendido en esta instancia" (p. 1).

§

ARTÍCULO 74

Evaluación de las ofertas

74.1. La evaluación de ofertas consiste en la aplicación de los factores de evaluación

a las ofertas que cumplen con lo señalado en el numeral 73.2 del artículo 73,

con el objeto de determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación

de las ofertas.

74.2. Para determinar la oferta con el mejor puntaje, se toma en cuenta lo siguiente:

a) Cuando la evaluación del precio sea el único factor, se le otorga el máximo

puntaje a la oferta de precio más bajo y se otorga a las demás ofertas puntajes

inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente

fórmula:

Donde:

I = Oferta

Pi = Puntaje de la oferta a evaluar

Oi = Precio i

Om = Precio de la oferta más baja

PMP = Puntaje máximo del precio

P = Om x PMP

I ______________

O l

Cuando existan otros factores de evaluación además del precio, el mejor puntaje

se determina en función de los criterios y procedimientos de evaluación

enunciados en las bases. La evaluación del precio se sujeta a lo dispuesto en el

presente literal.

b) En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, la determinación del

orden de prelación de las ofertas empatadas se realiza a través de sorteo.

Concordancias en ia LCE:

Art. 21:

Art. 22:

Procedimientos de selección

Licitación pública y concurso público

Concordancias en el RLCE:

Art. 35 lit. a: Oferta económica en procedimientos con sistema de contratación a suma alzada

Art. 35 lit. b: Oferta económica en procedimientos con sistema de contratación a precios unitarios

Art. 35 lit. c: Oferta económica en procedimientos con sistema de contratación de esquema

mixto de suma alzada y precios unitarios

Art. 50: Procedimiento de evaluación

Art. 51: Factores de evaluación

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