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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

SEXTA

Los insumos directamente utilizados en los procesos productivos por las empresas

del Estado que se dediquen a la producción de bienes o prestación de servicios,

pueden ser contratados a proveedores nacionales o internacionales mediante

el método de contratación que especifique el reglamento, a precios de mercado,

siempre que se verifique una situación de escasez acreditada por el Titular de la

Entidad. No se requiere la verificación de una situación de escasez en el caso de

empresas que por la naturaleza de su actividad requieran un suministro periódico o

continuo, incluyendo la entrega en un solo acto de los insumos, bienes o servicios.

La lista de los insumos directamente vinculados en los procesos productivos, que

corresponden a cada empresa, es establecida mediante resolución ministerial del

Ministerio de Economía y Finanzas.

Las contrataciones deben aprobarse mediante resolución del Titular de la Entidad

e informarse mensualmente al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad

Empresarial del Estado (FONAFE), y a la Contraloría General de la República, bajo

responsabilidad del Directorio.

En el procedimiento necesariamente se designa a un comité de selección conforme

a las reglas de contrataciones del Estado. La adjudicación de la Buena Pro se

realiza mediante acto público.

Los órganos de control institucional participan como veedores en el método de

contratación respectivo, conforme a la normativa del Sistema Nacional de Control.

Todos los actos realizados dentro de los procedimientos a que se refiere la presente

disposición se comunican obligatoriamente al Sistema Electrónico de Contrataciones

del Estado (SEACE) en la oportunidad y forma que señale la presente

norma, el reglamento y las directivas que emite el Organismo Supervisor de las

Contrataciones del Estado (OSCE).

Las contrataciones que se realicen de acuerdo a la presente disposición no requieren

de la constitución de la garantía de fiel cumplimiento, siempre que la prestación

se cumpla por adelantado.

(Texto según la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30225)

C o ncordancias en la L C E :

Art. 2 lit. d:

Art. 21:

Art. 47:

Art. 48:

Art. 49:

Principio de Publicidad

Procedim ientos de selección

Definición del SEACE

Obligatoriedad del uso del SEACE

Validez y eficacia de los actos realizados por m edio del SEACE

C o ncordancias en el R L C E :

Art. 25:

Art. 27:

Art. 53:

O bligatoriedad

Registro de la Inform ación

Procedim ientos de selección

C o ncordancias en D irectivas del O SCE:

Directiva N° 007-2019-OSCE/CD: Disposiciones aplicables al registro de inform ación en el Sistema

Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE

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