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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 1 6 9

REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

También la recepción puede darse por la clase de prestación a recibir en: recepción

parcial, respecto de partes que tienen individualidad y autonomía de la prestación y

en condiciones de uso independiente. Por ejemplo: bienes de un suministro de televisores,

obras por piezas, etc.; y la recepción total (suministro de lotes completos u

obras completas).

Por las etapas de la recepción en relación con la garantía tenemos la recepción provisional,

aquella que requiere confirmación posterior, porque se recibe para realizar

pruebas al bien, en periodo de garantía, con ligeras deficiencias pendiente de subsanación,

o para comprobar detalles para lo que se deja constancia en el acta y se

otorga el plazo para su implementación; y la recepción definitiva (aceptación de la

prestación sin observaciones)" (p. 668).

§

ARTÍCULO 169

C onstancia de prestación

169.1. Otorgada la conformidad de la prestación, el órgano de administración o el

funcionario designado expresamente por la Entidad registra en el SEACE la constancia

que precisa, como mínimo, la identificación del contrato, objeto del contrato, el

monto del contrato vigente, el plazo contractual y las penalidades en que hubiera

incurrido el contratista. La Constancia de prestación se descarga del SEACE.

169.2. Las constancias de prestación de ejecución y consultoría de obra contienen,

adicionalmente, los datos señalados en los formatos correspondientes que emita

el OSCE.

C o n co rd an cia s en ei RLCE:

A rt. 168:

R e ce p c ió n y c o n fo rm id a d

OPINIONES DEL OSCE

OP 910

OP 911

^IQN 028-2012/DTN: Contenido mínimo de la constancia de prestación

"La constancia de prestación debe contener, como mínimo, la siguiente información:

(i) la identificación del objeto del contrato; (ii) el monto correspondiente; y

(iii) las penalidades en que hubiera incurrido el contratista. En tal sentido, se considerará

constancia de prestación al documento en el que, independientemente de

su denominación, conste la información antes detallada, siendo necesario que se

señale de manera expresa si se aplicaron penalidades o no".

OPCIÓN 039-2015/DTN; Detalle y naturaleza del contenido de la constancia de

prestación

"De acuerdo con el artículo citado, la constancia de prestación debe contener, como

mínimo, la siguiente información:

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