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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. IV ACTUACIONES PREPARATORIAS / DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN ART.

sus posibilidades de acceso a los contratos con el Estado; tal como ha señalado este

Organismo Técnico Especializado en diversas opiniones previas.

En ese contexto, si una de las consecuencias de la fusión por absorción es la transmisión

del patrimonio de la empresa que se extingue a favor de la sociedad absorbente,

y la experiencia, -como intangible de valor económico-, forma parte de dicho

patrimonio; entonces la experiencia se transmitirá a la sociedad absorbente, como

efecto de dicho proceso de fusión empresarial.

Por tanto, tomando en consideración que la fusión por absorción tiene una naturaleza

eminentemente económica, y que la experiencia es un elemento que los proveedores

pueden acreditar, a efectos de contratar con el Estado; es razonable que,

en el marco de un procedimiento de selección, la empresa absorbente pueda presentar

como suya la experiencia adquirida por la empresa absorbida, en virtud de

dicho proceso de fusión empresarial".

PRO N U N CIA M IEN TO S D EL O SC E

PRONUNCIAMIENTO 723-2013/DSU: Acreditación de experiencia del personal pro- P42

puesto y prohibición de oposición de las bases

"1. La experiencia del personal propuesto, se podrá acreditar con cualesquiera

de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva

conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación

que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal

propuesto.

2. No será válida cualquier regulación de las Bases que se oponga a lo señalado

en el párrafo anterior" [Precedente administrativo de observancia

obligatoria].

PRONUNCIAMIENTO 251-2018/OSCE-DGR-SIRC: Deber de definición de servicios P43

similares del requisito de calificación 'experiencia del postor"

"(...) en el requisito de calificación 'experiencia del postor' de las Bases estándar para

el objeto de contratación, se prevé que la Entidad defina los servicios similares al

objeto de la convocatoria. Es así que, debe entenderse por servicio similar a aquélla

de naturaleza semejante a la que se desea contratar, entendiéndose por semejante

a aquello parecido y no igual, así, para considerarse similar bastará que el contrato

que se proponga a efectos de la calificación de la experiencia del postor contenga

algunas de las características esenciales que definen la naturaleza del servicio que se

pretende realizar; de lo que se concluye que, para acreditar la experiencia, los potenciales

postores podrían presentar servicios de iguales o parecidas características al

objeto de la convocatoria".

PRONUNCIAMIENTO 304-2018/OSCE-DGR-SIRC: Acreditación del requisito de cali- P44

ficación 'formación académica"

"(...) en el marco de un procedimiento de selección cuyas Bases prevean, como

requisito de calificación, la 'formación académica' del personal o plantel profesional

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