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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 1 4 4 REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

"El artículo 121 del Reglamento [véase art. 143 del nuevo RLCE] indica que durante la

ejecución contractual los plazos se computan en días calendario, excepto en los casos en

los que el presente reglamento indique lo contrario, aplicándose supletoriamente lo dispuesto

por los artículos 183 y 184 del Código Civil, los cuales, entre otros aspectos, indican

que el plazo cuyo último día sea inhábil, vence el primer día hábil siguiente.

De lo expuesto, se aprecia que en la ejecución contractual los plazos se computarán

en días inhábiles, siendo que si el último día del plazo fuera inhábil, este vencerá el

primer día hábil siguiente".

§

ARTÍCULO 144

Vigencia del contrato

144.1. El contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento

que lo contiene o, en su caso, desde la recepción de la orden de compra o

de servicio.

144.2. Tratándose de la adquisición de bienes y servicios, el contrato rige:

a) Hasta que el funcionario competente da la conformidad de la recepción de la

prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago, salvo que este sea condición

para la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, en cuyo

caso el contrato se encuentra vigente hasta la conformidad respectiva; o,

b) Hasta que se ejecuta la última prestación a cargo del contratista, cuando existan

prestaciones que corresponden ser ejecutadas con posterioridad al pago

144.3. En el caso de ejecución y consultoría de obras, el contrato rige hasta el consentimiento

de la liquidación y se efectúe el pago correspondiente.

C o n co rd an cia s en la LC E:

A rt. 32:

Contrato

Concordancias en el RLCE:

Art. 137: Perfeccionam iento del contrato

Art. 168: Recepción y conform idad

Art. 170: Liquidación del contrato de consultoría de obra

Art. 290: Liquidación del contrato de obra

Anexo N° 1: D efiniciones: Liquidación de contrato

O P IN IO N ES D E L O SC E

OP783

OPINIÓN 107-2013/DTN: El plazo de vigencia del contrato principal y de las prestaciones

accesorias

"En este sentido, la vigencia del contrato principal culminará cuando el contratista

haya ejecutado las prestaciones principales y la Entidad haya otorgado la conformidad

de las mismas y realizado el pago correspondiente; y, por su parte, la vigencia

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