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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

No obstante lo expuesto, el principio de trato justo e igualitario que se intentaría

preservar en función de eventuales postores cuya opción ya precluyó debe ceder

frente al principio de eficiencia y a la consecución del interés público, pues recordemos

que un contrato administrativo es celebrado para atender una finalidad esencialmente

pública" (pp. 229 - 230).

§

Ámbito de aplicación

3.1. Se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la presente norma,

bajo el término genérico de Entidad:

a) Los Ministerios y sus organismos públicos, programas y proyectos adscritos.

b) El Poder Legislativo, Poder Judicial y Organismos Constitucionalmente Autónomos.

c) Los Gobiernos Regionales y sus programas y proyectos adscritos.

d) Los Gobiernos Locales y sus programas y proyectos adscritos.

e) Las universidades públicas.

f) Juntas de Participación Social.

g) Las empresas del Estado pertenecientes a los tres niveles de gobierno.

h) Los fondos constituidos total o parcialmente con recursos públicos, sean de

derecho público o privado.

3.2. Para efectos de la presente norma, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del

Perú y los órganos desconcentrados tienen el mismo tratamiento que las Entidades

señaladas en el numeral anterior.

3.3. La presente norma se aplica a las contrataciones que deben realizar las Entidades

y órganos señalados en los numerales precedentes, así como a otras organizaciones

que, para proveerse de bienes, servicios u obras, asumen el pago con fondos

públicos.

(Texto modificado por el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1444)

Concordancias en la LCE:

Art. 4:

Art. 5:

Art. 15.2:

Art. 17.1:

Art. 52 lit. b:

1a DCF:

Supuestos excluidos del ám bito de aplicación de la norm ativa de contrataciones

Supuestos excluidos del ám bito de aplicación sujetos a supervisión del OSCE

Contenido del Plan Anual de Contrataciones

Hom ologación de requerim iento

Funciones de supervisión del OSCE

Prelación en la aplicación norm ativa

Concordancias en el RLCE:

Art. 2.1: Com petencia del M EF en materia de contrataciones del Estado

Art. 4:

Supuestos excluidos del ám bito de aplicación sujetos a supervisión

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