27.02.2021 Views

CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

T. Vil EJECUCIÓN CONTRACTUAL / OBRAS ART. 2 0 8

en el cuaderno de obra tal hecho, a efectos que el contratista culmine la obra, aplicándole

penalidad por retraso, y respecto al supervisor se le aplica una penalidad

no menor a 1 % ni mayor a 5 % al monto del contrato de supervisión. Realizadas

las prestaciones para la culminación de la obra, el contratista solicita nuevamente

la recepción de la obra, mediante anotación en el cuaderno de obra, lo cual es verificado

por el inspector o supervisor e informado a la Entidad, conforme al procedimiento

señalado en este artículo; sin perjuicio de resolver el contrato.

208.15. Está permitida la recepción parcial de secciones terminadas de las obras,

cuando ello se hubiera previsto expresamente en las bases, en el contrato o las

partes expresamente lo convengan. La recepción parcial no exime al contratista

del cumplimiento del plazo de ejecución; en caso contrario, se le aplican las penalidades

correspondientes.

208.16. Si por causas ajenas al contratista la recepción de la obra se retrasa, superando

los plazos establecidos en el presente artículo para tal acto, el lapso de la

demora se adiciona al plazo de ejecución de la misma y se reconoce al contratista

los gastos generales debidamente acreditados, en que se hubiese incurrido

durante la demora.

208.17. Si en el proceso de verificación de la subsanación de las observaciones,

el comité de recepción constata la existencia de vicios o defectos distintos a las

observaciones antes formuladas, sin perjuicio de suscribir el Acta de Recepción de

Obra, informa a la Entidad para que esta solicite por escrito al contratista las subsanaciones

del caso, siempre que constituyan vicios ocultos.

Concordancias en la LCE:

Art.40.1:

Art.45.5:

Art. 45.8:

Plazo de responsabilidad del contratista se computará a partir de la recepción

total o parcial de la obra

Solución de controversias respecto de la recepción y conformidad de la

prestación

Controversias surgidas hasta la recepción total de la obra podrán ser sometidas a

la Junta de Resolución de Disputas

Concordancias en el RLCE:

A rt. 173: Vicios ocultos

Art. 191.4: Entrega del cuaderno de obra

Art. 209: Liquidación del contrato de obra

Art. 210.2: El plazo de caducidad para someter discrepancias sobre defectos o vicios ocultos

a conciliación o arbitraje se computará a partir de la recepción de la obra

Art. 243: Junta de Resolución de Disputas

Art. 249: Decisiones de la Junta de Resolución de Disputas pendiente a la fecha de rocop

dón total de la obra

O PIN IO N ES D EL O S C E

OPINIÓN 013-2013/DTN: Naturaleza de la recepción de obra

"(...) el acto de recepción de obra constituye también un acto de control que se produce

con posterioridad a la culminación de la obra, en el que se procede a verificar

OP1113

1107

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!