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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. IX SANCIONES ART.

aplicándose a cada uno de ellos la sanción que le corresponda, salvo que, por la

naturaleza de la infracción, la promesa formal, contrato de consorcio, o el contrato

suscrito por la Entidad, pueda individualizarse la responsabilidad. La carga de la

prueba de la individualización corresponde al presunto infractor.

258.2. A efectos de la individualización de la responsabilidad y conforme a lo establecido

en el artículo 13 de la Ley, se consideran los siguientes criterios:

a) Naturaleza de la Infracción.

Este criterio solo puede invocarse ante el incumplimiento de una obligación de

carácter personal por cada uno de los integrantes del consorcio, en el caso de las

infracciones previstas en los literales c), i) y k) del numeral 50.1 del artículo 50 de

la Ley.

b) Promesa formal de consorcio.

Este criterio es de aplicación siempre que dicho documento sea veraz y su literalidad

permita identificar indubitablemente al responsable de la comisión de la infracción.

c) Contrato de consorcio.

Este criterio es de aplicación siempre que dicho documento sea veraz, no modifique

las obligaciones estipuladas en la promesa formal de consorcio y su literalidad

permita identificar indubitablemente al responsable de la comisión de la infracción.

d) Contrato suscrito con la Entidad.

Este criterio es de aplicación cuando la literalidad del contrato suscrito con la Entidad

permite identificar indubitablemente al responsable de la comisión de la

infracción.

C o n co rd an cia s en la LC E:

Art. 13:

A rt. 13.2:

Art. 13.3:

A rt. 50:

Art. 59 lit. b:

Participación en consorcio

Responsabilidad solidaria del consorcio

Infracciones com etidas por el consorcio

Infracciones y sanciones adm inistrativas

Función del Tribunal de Contrataciones del Estado de ap licar sanciones

Concordancias en el RLCE:

Art. 260: Procedim iento sancionador

Art. 261:

Art. 263:

Art. 264:

Art. 265:

A rt. 266:

Art. 267:

Art. 268:

Art. 269:

Suspensión del procedim iento adm inistrativo sancionador

Sanción de multa

D eterm inación gradual de la sanción

Inhabilitación definitiva

Concurso de infracciones

Notificación y vigencia de las sanciones

Suspensión de las sanciones

Recurso de reconsideración contra lo resuelto por el Tribunal de Contrataciones

del Estado dentro un procedim iento sancionador

Concordancias en D irectivas del OSCE:

Directiva N° 008-2019-OSCE/CD: Lincam ientos para la ejecución de la sanción de m ulta im puesta

por el Tribunal de Contrataciones del Estado

Directiva N° 005-2019-OSCE/CD: Participación de proveedores en consorcio en las contrataciones

del Estado

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