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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

SÉTIMA

La presente norma entra en vigencia a los treinta (30) días calendario contados a

partir de la publicación de su reglamento, excepto la segunda y tercera disposiciones

complementarias finales, que entran en vigencia a partir del día siguiente de la

publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

(Texto según lo Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30225)

OCTAVA

Dispónese que el Ministerio de Economía y Finanzas remita anualmente al Congreso

de la República un informe sobre el impacto de la presente norma en las

contrataciones públicas. Dicho informe será elaborado sobre la base de la información

remitida por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado

(OSCE) y la Central de Compras Públicas-Perú Compras.

(Texto según la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30225)

-------------- § --------------

NOVENA

Mediante acuerdo de su Directorio, la Agencia de la Promoción de la Inversión Privada

(PROINVERSION) puede exceptuar de la aplicación total o parcial de la presente

norma a las contrataciones vinculadas a las fases de los proyectos a que se

refieren el Decreto Legislativo 674 y Decreto Legislativo 1224 y modificatorias.

(Texto según la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30225, modificada

por el artículo I del Decreto Legislativo N° 1341)

Concordan cia en la LCE:

Art. 4:

Supuesto excluidos del ám bito de aplicación

DÉCIMA

§

El Tribunal de Contrataciones del Estado debe resguardar la predictibilidad, bajo responsabilidad.

Para tal efecto, revisa semestralmente las resoluciones emitidas por

las salas y emite acuerdos en Sala Plena mediante los cuales califican resoluciones

como precedentes de observancia obligatoria o establece nuevos precedentes.

(Texto según la Duodécima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30225

incorporada por el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1341)

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