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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART.

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

contratista y que la declaración de nulidad de un contrato implicaba la inexistencia

e inexigibilidad de dichas obligaciones, no correspondía ejecutar la garantía de

fiel cumplimiento ante la declaración de nulidad de un contrato que había quedado

consentida, dado que la referida garantía hubiera salvaguardado el cumplimiento de

un contrato inexistente, por lo que carecería de objeto.

(...)

Tal como se indicó al absolver la consulta anterior, considerando que la garantía de

fiel cumplimiento tenía por objeto cautelar el correcto y oportuno cumplimiento de

las obligaciones contractuales del contratista y que la declaración de nulidad de un

contrato implicaba la inexistencia e inexigibilidad de dichas obligaciones, no correspondía

ejecutar la garantía de fiel cumplimiento ante la declaración de nulidad de

un contrato que había quedado consentida.

En sentido, la Entidad no podía ejecutar la garantía de fiel cumplimiento ante la

declaración de nulidad de un contrato que había quedado consentida, incluso en el

caso en que la Entidad hubiera resultado ser la parte perjudicada".

JURISPRUDENCIA

LAUDOS ARBITRALES

Del artículo 33.1: Generalidades y tipos de garantías

j 141

AD HOC: Cobra Perú S.A.C. vs. Gobierno Regional de Huancavelica (A.U.: H. Aguirre):

Finalidad de la garantía por adelanto

"Así, mientras exista un adelanto dinerario proporcionado por la Entidad, la garantía

otorgada en relación a ese adelanto deberá irse renovando hasta que se produzca la

amortización total del dinero entregado por la Entidad a EL CONTRATISTA.

(...)

Como puede apreciarse, el objeto de las garantías por adelanto es el de garantizar

las entregas dineradas otorgadas por la Entidad; entregas que se van am ortizando

durante el plazo de ejecución contractual hasta cumplir con deducir la totalidad del

adelanto entregado" (pp. 20 - 21).

Del artículo 33.3: Ejecución de garantías

J142

INSTITUCIONAL (PUCP): Programa Subsectorial de Irrigaciones del Ministerio de

Agricultura vs. Consorcio Chuyas (T.A.: M. Silva, W. Sánchez y L. Chang): Ejecución

de garantías de fiel cumplimiento total o de monto diferencial por el no pago del

saldo a cargo del contratista

"El PSI solicita la ejecución de garantías en base al numeral 1 y 2 de los supuestos

regulados en el artículo 164 [véase art. 155 del nuevo RLCE] para la ejecución de las

garantías, los cuales se analizarán para la resolución del presente punto controvertido.

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