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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. V MÉTODOS DE CONTRATACIÓN / CONCURSO PÚBLICO ART. 77

OPINIÓN 167-2017/DTN: La contratación de servicios de agencias o centrales de

medios, agencias de publicidad, o cualquier otro servicio de mediación publicitaria,

deberán realizarse mediante concurso público o adjudicación simplificada

"(...) aquellos servicios de publicidad que no sean prestados directamente por un

medio de comunicación, no se encuentran comprendidos dentro de los alcances

del supuesto de contratación directa previsto en literal g) del artículo 27 de la Ley.

En tal sentido, en caso las Entidades requieran contratar los servicios de agencias o

centrales de medios, agencias de publicidad, o cualquier otro servicio de mediación

publicitaria, deberán realizar previamente el procedimiento de selección que corresponda

(Concurso Público - Adjudicación Simplificada). Incluso, de considerarlo más

conveniente, pueden convocar un proceso de selección que agrupe los servicios de:

(i) elaboración del plan de medios, (¡i) difusión del contenido a través de los medios

de comunicación, y eventualmente, (iii) monitoreo de medios".

OP659

JU R ISPRU D EN C IA

RESOLUCIÓN N° 1378-2018-TCE-S4: Actuaciones del comité de selección en los J 353

concursos públicos

"(...) los concursos públicos el Comité de Selección debe realizar las siguientes actuaciones:

(i) Primero verificar que se hayan presentado los documentos obligatorios

previstos en las bases y luego para poder iniciar la evaluación, verificar que las ofertas

cumplan con acreditar los requisitos funcionales y condiciones d s requerimientos;

etapa denominada, admisión de la oferta; (ii) Segundo, procederá a evaluar únicamente

las ofertas admitidas, a fin de determinar los puntajes y el orden de prelación

de las mismas, considerando los factores de evaluación previstos en las bases;

en el presente caso, en las bases se estableció como factor de evaluación: el 'Precio

esta etapa se denomina, evaluación de ofertas, (iii) Tercero, procederá a calificar únicamente

a los postores que obtuvieron el primer y el segundo lugar en el orden de

prelación, ello de conformidad con os requisitos de calificación establecidos en las

bases; en caso, ninguno de los dos postores cumplan con dichos requisitos, se verificará

a los demás postores admitidos y según el orden de prelación obtenido en la

evaluación; esta etapa se denomina, calificación y (iv) Cuarto, el Comité de Selección

otorgará la buena oro al postor que haya sido calificado satisfactoriamente y que

además se encuentre ubicado en el mejor lugar en el orden de prelación, es decir,

por ejemplo, si ambos postores que obtuvieron el primer y el segundo lugar fueron

calificados satisfactoriamente, se le adjudicará la buena pro a aquel postor que

ocupó el primer lugar en el orden de prelación, por encontrarse en una mejor ubicación

luego de la evaluación de ofertas" (pp. 20 - 21).

D O CTRIN A

Morón Urbina, Juan Carlos. La contratación estatal. Análisis de las diversas formas y técnicas q 439

contractuales que utiliza el Estado, Gaceta Jurídica, Lima, 2016.

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