27.02.2021 Views

CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

ART. 72

REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

Art. 176.1 lit. d:

Anexo N° 1:

Condiciones para el inicio del plazo de ejecución de obra referido a la entrega del

expediente técnico resultado de la absolución de consultas y observaciones

Definiciones: Bases integradas

Concordancias en Directivas del OSCE:

Directiva N° 007-2019-OSCE/CD: Disposiciones aplicables al registro de información en el Sistema

Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE

Directiva N°009-2019-OSCE/CD: Emisión de pronunciamiento

Directiva N° 010-2019-OSCE/CD: Acciones de supervisión a pedido de parte y de oficio

Directiva N° 023-2016-OSCE/CD: Disposiciones sobre la formulación de consultas y observaciones

OPINIONES DEL OSCE

0P648 OPINIÓN 018-2018/DTN: Modificaciones al requerimiento derivada de consultas

y/u observaciones

"(...) ante la existencia de consultas y/u observaciones que originen una modificación

al requerimiento, será necesario que el Comité comunique tal hecho al área

usuaria a efectos que este, de ser el caso, autorice la modificación y posteriormente

se derive el expediente de contratación a la dependencia que lo aprobó para que

efectúe una nueva aprobación del mismo".

OP649 OPINIÓN 018-2018/DTN: La absolución de consultas u observaciones no debe

variar, de forma sustancial, el requerimiento original

"(...) las precisiones o modificaciones que puedan efectuarse al requerimiento con

ocasión de la absolución de consultas u observaciones a las Bases, serán autorizadas

por el área usuaria de la Entidad y no deben variar de forma sustancial el requerimiento

original, de forma tal que se desnaturalice el objeto de contratación, el mismo

que está contenido en el expediente de contratación aprobado por la Entidad".

OP 650 OPINIÓN 065-2017/DTN: El valor estimado no puede objeto de consultas u observaciones

a las bases

"(...) teniendo en consideración que el valor estimado no forma parte de la Información

difundida en la convocatoria, ni de las bases del procedimiento los participantes

no pueden tener acceso al mismo, con lo cual el valor estimado no podría ser objeto

de consulta u observación a las bases".

OP 651

OPINIÓN 075-2018/DTN: Prórroga de la etapa de absolución de consultas y observaciones

del calendario del procedimiento

"(...) tratándose de una Licitación Pública, la Entidad, al momento de elaborar las

Bases y programar el calendario del procedimiento de selección, puede considerar

un plazo de entre uno (1) a cinco (5) días hábiles, como máximo, para realizar la

absolución de consultas y observaciones; no obstante, si durante el desarrollo del

procedimiento, se suscitaran situaciones excepcionales que ameriten ampliar su

duración o aplazar su realización, el comité de selección u órgano encargado de las

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!