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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 21

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

o la disponibilidad de recursos que cubran el pago de las prestaciones resultantes

de una contratación" (p. 23).

J88 : UCIÓN N° 1420-2018-TCE-S1: Se encuentra publicado en el SEACE la ficha

técnica de bien o servicio común vigente a la fecha de la convocatoria

"Debe recordarse que, cuando se trate de un procedimiento de selección convocado

bajo la modalidad de subasta inversa electrónica, las bases contienen obligatoriamente

la ficha técnica de bien o servicio común vigente a la fecha de la convocatoria

[que se encuentra publicada en el SEACE], sin que esta pueda ser objeto

de variación o modificación alguna durante el trámite del procedimiento de selección"

(p. 20).

j gg

]ES0L JCIÓN N° 1445-2018-TCE-S1: Con el otorgamiento de la buena pro se genera

el derecho del postor ganador del procedimiento de selección de perfeccionar el

contrato con la Entidad

"Ahora bien, en relación al primer elemento constitutivo, es decir, que el contrato

no haya llegado a perfeccionarse por el incumplimiento de la obligación de contratar,

por parte del postor adjudicado, en principio, cabe señalar que, con el otorgamiento

de la buena pro, se genera el derecho del postor ganador del procedimiento

de selección de perfeccionar el contrato con la Entidad. Sin embargo, dicho perfeccionamiento,

además de un derecho, constituye una obligación del postor, quien,

como participante del procedimiento de selección, asume el compromiso de mantener

la seriedad de su oferta hasta el respectivo perfeccionamiento del contrato, lo

cual involucra su obligación, no solo de perfeccionar el acuerdo a través de la suscripción

del documento contractual o la recepción de la orden de compra o de servicios,

sino también la de presentar la totalidad de los requisitos requeridos en las

bases para ello.

(...)

Cabe señalar que, para perfeccionar el contrato, es condición necesaria que el postor

ganador de la buena pro presente todos los documentos exigidos en las bases

dentro del plazo legal establecido, pues no hacerlo impediría dicho perfeccionamiento"

(p. 6).

j 90

RESOLUCIÓN N° 1437-2018-TCE-S2: Las bases de un procedimiento de selección

deben contar con el contenido mínimo de los documentos del procedimiento que

establece la normativa de contrataciones

"A partir de lo expuesto, tenemos que las bases de un procedimiento de selección

deben contar con el contenido mínimo de los documentos del procedimiento que

establece la normativa de contrataciones, cuya finalidad se encuentra orientada a

elegir la mejor oferta sobre la base de criterios y calificaciones objetivas, sustentadas

y accesibles a los postores que redunden en una oferta de calidad y al mejor

costo para el Estado, constituyendo un parámetro objetivo, claro, fijo y predecible

de actuación de la autoridad administrativa, que tiene como objetivo evitar conductas

revestidas de subjetividad que puedan ulteriormente desembocaren situaciones

arbitrarlas, asegurando con ello un marco de seguridad jurídica" (p. 22).

2 02

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