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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. I DISPOSICIONES PRELIMINARES / CONDICIONES EXIGIRLES A LOS PROVEEDORES ART. ’

o haber compartido integrantes de los órganos de administración, apoderados o

representantes legales".

ACUERDO DE SALA PLENA 01/2016: Impedimento de contratar con el Estado j 49

de una persona jurídica por ser integrada por una persona natural previamente

sancionada

"Con la misma finalidad de evitar que se eludan los efectos de una sanción administrativa

de inhabilitación, las normas regulan, el impedimento aplicable a la persona

jurídica en la que la persona sancionada participe directamente como socio, accionista,

participacionista, titular, integrante de los órganos de administración, apoderado

o representante legal.

Dicho impedimento surte efectos durante el tiempo en que esté vigente la sanción

impuesta al 'proveedor sancionado'. Cumplida la sanción, el impedimento fenece.

Asimismo, el referido impedimento no puede aplicarse a la persona jurídica cuando

el proveedor sancionado ya no la integre.

En caso el proveedor sancionado sea socio, accionista, participacionista o titular de

la persona jurídica, se requiere que su participación sea superior al cinco por ciento

(5 %) del capital o patrimonio social".

ACUERDO DE SALA PLENA 01/2016: Impedimento de contratar con el Estado de j 50

una persona natural por haber sido parte de un proveedor sancionado

"Finalmente, considerando que la persona jurídica (sancionada) constituye una 'ficción

jurídica' a la cual se le atribuyen los actos que, en puridad, desarrollan, controlan

y/o supervisan quienes la integran, entre ellos, los actos constitutivos de infracciones

administrativas, la normativa también ha previsto el impedimento para ser participante,

postor y/o contratista del Estado, a las personas que integran o integraron, al

momento de imponerse la sanción o en los doce (12) meses anteriores a ello, la persona

jurídica sancionada.

Al igual que en los anteriores supuestos, dicho impedimento surte efectos durante

el tiempo en que esté vigente la sanción impuesta al 'proveedor sancionado'. Cumplida

la sanción, el impedimento fenece.

Asimismo, el referido impedimento no podría aplicarse a quien dejó de formar parte

del proveedor sancionado más de doce (12) meses antes de la imposición de la

sanción.

En caso la persona que integra o integró el proveedor sancionado lo hizo en calidad

de socio, accionista, participacionista o titular del proveedor sancionado, se requiere

que su participación sea superior al cinco por ciento (5 %) del capital o patrimonio

social".

ACUERDO DE SALA PLENA 01/2016: Precisiones sobre el impedimento para con- j 51

tratar con el Estado por la causal establecida en el literal k) artículo 11 de la Ley de

Contrataciones del Estado

"I.

En aplicación del literal k) del artículo 11 de la Ley, se encuentra impedido de ser

participante, postor y/o contratista del Estado:

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