27.02.2021 Views

CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

T. Vil EJECUCIÓN CONTRACTUAL / GARANTÍAS Y ADELANTOS ART. 155

de bienes, servicios en general y consultorías en general, o en la liquidación

final del contrato, en el caso de consultoría de obras y ejecución de obras. Esta

ejecución es solicitada por un monto equivalente al citado saldo a cargo del

contratista.

d) La garantía por adelantos se ejecuta cuando resuelto o declarado nulo el contrato,

no se realice la amortización o el pago, aun cuando este evento haya

sido sometido a un medio de solución de controversias.

155.2. En cualquiera de los supuestos contemplados en el numeral anterior, la Entidad

en forma previa a la ejecución de la garantía por adelantos, requiere notarialmente

al contratista, otorgándole un plazo de diez (10) días hábiles para que

devuelva el monto pendiente de amortizar, bajo apercibimiento de ejecutar la

garantía por adelantos por dicho monto.

155.3. Los supuestos previstos en los numerales anteriores están referidos exclusivamente

a la actuación de la Entidad, siendo de su única y exclusiva responsabilidad

evaluar en qué supuesto habilitador se encuentra para la ejecución de la

garantía, por lo que no afectan de modo alguno al carácter automático de tal ejecución

y por tanto, de la obligación de pago a cargo de las empresas emisoras,

quienes se encuentran obligadas a honrarlas conforme a lo previsto en el artículo

33 de la Ley, al solo y primer requerimiento de la respectiva Entidad, sin poder solicitar

que se acredite el supuesto habilitador, sin oponer excusión alguna y sin solicitar

sustento ni documentación alguna y en el plazo perentorio de tres (3) días

hábiles. Cualquier pacto en contrario contenido en la garantía emitida es nulo

de pleno derecho y se considera no puesto, sin afectar la eficacia de la garantía

extendida.

155.4. A q u e lla s e m p re sa s q u e no c u m p la n co n h o n ra r la g a ra n tía o to rg a d a so n s a n ­

c io n a d a s p o r la S u p e rin te n d e n c ia d e B an ca , S e g u ro s y A d m in istra d o ra s P rivadas

d e Fo n d o s d e P e n sio n e s - SBS.

C o n co rd an cias en la LC E:

A rt. 3 3 .3 :

Concordancias en el RLCE:

Art. 166.1:

Art. 167.3:

A rt. 197 inc. b:

E je c u c ió n d e g a ra n tía s

Ejecución de garantías por resolución de contrato

Garantías en contrataciones celebradas en mérito de una resolución o declaratoria

de nulidad de contrato previa

S o lu ció n d e c o n tro v e rs ia s re sp e cto d e g a ra n tía s

O P IN IO N ES D E L O S C E

OPINIÓN 094-2017/DTN: S ó lo p ro ced e rá la e je cu ció n de g a ran tías por las ca u sale s 0P 821

p re vista s en la n o rm ativa de co n tra ta cio n e s con el Estad o

"De lo expuesto, se desprende que la ejecución de las garantías será procedente únicamente

cuando la Entidad -de conformidad con lo establecido en el artículo 131

941

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!