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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. V MÉTODOS DE CONTRATACIÓN / LICITACIÓN PÚBLICA ART.

uno de los integrantes en la ejecución del objeto de la contratación, estén o no

vinculadas directamente a dicho objeto y (v) el porcentaje equivalente de dichas

obligaciones respecto del total; no siendo obligatorio que se precise las obligaciones

relacionadas a aspectos administrativos, económicos, financieros, entre otros, por ser

facultativa su consignación.

(...)

De esta forma, se advierte que la decisión adoptada por el Comité de selección de

descalificar la oferta del Consorcio Impugnante por no presentar una promesa de

consorcio conforme a la normativa vigente, no se sujeta a las disposiciones establecidas

en las Bases Integradas y la Directiva N° 006-2017-OSCE/CD [véase Directiva

N° 005-2019-OSCE/CD], puesto que (...) estas eran facultativas" (pp. 12 -15).

§

ARTÍCULO 76

Otorgamiento de la buena pro

76.1. Previo al otorgamiento de la buena pro, el comité de selección revisa las ofertas

económicas que cumplen con los requisitos de calificación, de conformidad con

lo establecido para el rechazo de ofertas, previsto en el artículo 68 de ser el caso.

76.2. De rechazarse alguna de las ofertas de acuerdo a lo previsto en el numeral

anterior, el comité de selección revisa el cumplimiento de los requisitos de calificación

de los postores que siguen en el orden de prelación.

76.3. Definida la oferta ganadora, el comité de selección otorga la buena pro,

mediante su publicación en el SEACE.

Concordancias en la LCE:

Art. 21:

Art. 22:

Art. 44:

Art. 47:

Art. 48:

Art. 49:

Procedimientos de selección

Licitación pública y concurso público

Declaratoria de nulidad

Definición del SEACE

Obligatoriedad del uso del SEACE

Validez y eficacia de los actos realizados por medio del SEACE

Concordancias en el RLCE:

Art. 9.9: Responsabilidad del proveedor de no estar impedido para contratar con el

Estado al momento de presentar su oferta

Art. 53: Procedimientos de selección

Art. 62: Distribución de la buena pro

Art. 63: Notificación del otorgamiento de la buena pro

Art. 64: Consentimiento del otorgamiento de la buena pro

Art. 66: Publicidad de las actuaciones

Art. 67: Cancelación del procedimiento de selección

Art. 69: Culminación de los procedimientos de selección

Art. 119: Plazo para interposición del recurso de apelación

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