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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T .l DISPOSICIONES GENERALES ART. 6

"Por su parte, el Adjudicatario sostiene que por la naturaleza de este tipo de procedimientos,

es necesario traer a colación que es el sistema el que efectúa la selección

de los postores y establece el orden de prelación de estos, conforme al registro de

lances que se efectúa en dicho periodo; en ese sentido, el órgano encargado de las

contrataciones no tiene ninguna participación en la selección y determinación del

orden de prelación, ya que sólo está facultado para verificar que los postores que

obtuvieron el primer y segundo lugar en el periodo de lances hayan presentado la

documentación requerida en las bases (...)" (p. 15).

DOCTRINA

Gálvez Nieto, Jonathan. "¿Acercándonos a la profesionalización en la contratación pública?, d 399

A propósito del nuevo procedimiento de la certificación por niveles en el OEC de las entidades

públicas". En: Administración Pública & Control N° 46, Gaceta Jurídica, Lima, octubre 2017.

"(...) la actividad denominada 'gestión de abastecimiento', (...) es el conjunto interrelacionado

de políticas, objetivos, normas, atribuciones, procedimientos y procesos

técnicos orientados a la gestión eficiente de almacenes y al proceso oportuno

de abastecimientos que requieren las entidades del Estado, orientado al racional

flujo, distribución o suministro, empleo y conservación de los recursos materiales; así

como acciones especializadas para atender las necesidades y requerimiento de las

entidades para el normal desenvolvimiento de sus actividades, y asegurar la continuidad

de los procesos productivos que desarrollan las entidades integrantes de la

administración pública" (p. 36).

§

ARTÍCULO 6

Plan Anual de Contrataciones

6.1. El Plan Anual de Contrataciones es aprobado por el Titular de la Entidad o por

el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad, de conformidad con las

reglas previstas en la normatividad del Sistema Nacional de Abastecimiento.

6.2. Luego de aprobado, el Plan Anual de Contrataciones, puede ser modificado

en cualquier momento durante el año fiscal para incluir o excluir contrataciones.

6.3. La Entidad pública su Plan Anual de Contrataciones y sus modificaciones en

el SEACE y, cuando lo tuviere, en su portal institucional. Dicha publicación se realiza

dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la aprobación del Plan Anual

de Contrataciones o de sus modificaciones, e incluye la publicación del correspondiente

documento aprobatorio o modificatorio, de ser el caso.

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