27.02.2021 Views

CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

ART. 1 0 2 REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

puede delegar dicha potestad en los supuestos indicados en los literales e), g), j), k),

I) y m) del artículo 27 de la Ley".

OP 702

OPINIÓN 209-2017/DTN: Las necesidades anteriores a la aprobación de una contratación

directa no podrán ser atendidas por otra

"(...) es oportuno precisar que, dado que la necesidad respecto de los bienes o servicios

debe ser imprescindible a efectos de atender los requerimientos inmediatos, la

situación de desabastecimiento implica que cada Entidad efectúe una contratación

directa -como medida de carácter temporal- dirigida a superar oportunamente la

circunstancia coyuntural que atraviesa y no circunstancias diferentes.

Por tanto, en caso la Entidad advierta necesidades anteriores a la fecha de aprobación

de una contratación directa -que debieron ser objeto de esta-, las mismas no

podrán ser atendidas mediante otra contratación directa".

DOCTRINA

D 446

Morón Urbina, Juan Carlos. La contratación estatal. Análisis de las diversas formas y técnicas

contractuales que utiliza el Estado, Gaceta Jurídica, Lima, 2016.

"Aprobación calificada de la autoridad

La decisión de aprobar la contratación directa recae en el titular de la entidad,

acuerdo del directorio, en el caso de las empresas del Estado; acuerdo del concejo

municipal, en el caso de los gobiernos locales; y acuerdo del concejo regional, en

caso de las regiones. La facultad de aprobación de las exoneraciones a que se refiere

este artículo, en principio, no puede ser delegada por las autoridades indicadas en

dicha norma.

En estos actos administrativos no se aprueba el contrato, lo único a que se refiere

es a autorizar el cambio de la modalidad contractual y determinar, en su caso, la

dependencia u órgano que se encargará de realizar la adquisición o contratación

exonerada, de acuerdo al monto, complejidad, envergadura o sofisticación. Su contenido

necesario es el señalamiento expreso de la causal al cual se acoge, la autorización

para la compra directa, la determinación del objeto de la adquisición, el valor

referencial, la fuente de financiamiento, el plazo de la exoneración, la dependencia

encargada de adquisición, entre otros" (pp. 380 - 381).

§

ARTÍCULO 102

Procedimiento para las contrataciones directas

102.1. Una vez aprobada la Contratación Directa, la Entidad la efectúa mediante

acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya oferta cumpla

con las características y condiciones establecidas en las bases, las cuales contienen

como mínimo lo indicado en los literales a), b), e), f), I) y o) del numeral 48.1 del

artículo 48. La oferta puede ser obtenida por cualquier medio de comunicación.

8 0 6

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!