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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 1 6

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

implique una ampliación de lo requerido, ya que se afectaría el estudio de mercado,

dado que el mismo conforme a la normativa de contratación estatal se realiza

sobre la base del requerimiento, tomando en cuenta las especificaciones técnicas,

así como los Requisitos de calificación definidos por el área usuaria".

JU R ISPRU D EN C IA

ACUERDOS DE SALA PLENA DEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

J75

ACUERDO DE SALA PLENA 02/2018: Aspectos generales de la presentación de

información inexacta vinculada al cumplimiento de un requerimiento

"Que la información inexacta presentada ante la Entidad esté relacionada con el

cumplimiento de un requerimiento o factor de evaluación que le represente una

ventaja o beneficio en el procedimiento de selección. Comprende aquellos casos

en que los proveedores presentan ofertas conteniendo información inexacta para

acreditar el cumplimiento de un requerimiento (especificaciones técnicas, términos

de referencia, expediente técnico, o requisito de calificación) o para obtener puntaje

en el factor de evaluación o documentos para suscribir el contrato.

Que la información inexacta presentada ante la Entidad le represente una ventaja

o beneficio en la ejecución del contrato. En este supuesto, el tipo infractor comprende

aquellos casos en que los contratistas presentan información inexacta a

las Entidades con el fin de obtener un beneficio o ventaja durante la ejecución

del contrato, como ocurre cuando efectúan pedidos o solicitudes (prestaciones

adicionales, ampliaciones de plazo, mayores gastos generales, etc.), realizan

anotaciones (por ejemplo, en el cuaderno de obra), renuevan garantías, tramitan

pagos, entre otros supuestos, a fin de cumplir los requisitos fijados para tal efecto

(requerimiento)".

RESOLUCIONES DEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

J 76

RESOLUCIÓN N° 2119-2018-TCE-S4: Deberes del área usuaria vinculados al requerimiento

"(...) según lo establecido en el artículo 16 de la Ley, el área usuaria debe requerir los

bienes, servicios u obras a contratar, siendo responsable de formular las especificaciones

técnicas, términos de referencia o expediente técnico, respectivamente, además

de justificar la finalidad pública de la contratación.

Además, se dispone que los bienes, servicios u obras que se requieran deben estar

orientados al cumplimiento de las funciones de la Entidad, y que las especificaciones

técnicas, términos de referencia o expediente técnico deben formularse de forma

objetiva y precisa, proporcionando acceso en condiciones de igualdad al proceso

de contratación, sin la creación de obstáculos que perjudiquen la competencia en

el mismo" (p. 11).

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