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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 4 6

REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

46.2. Para sesionar y adoptar acuerdos válidos, el comité de selección se sujeta a

las siguientes reglas:

a) El quorum para el funcionamiento del comité de selección se da con la presencia

del número total de integrantes. En caso de ausencia de alguno de los titulares,

se procede a su reemplazo con el respectivo suplente.

b) Los acuerdos se adoptan por unanimidad o por mayoría. No cabe la abstención

por parte de ninguno de los integrantes.

46.3. Los acuerdos que adopte el comité de selección y los votos discrepantes, con

su respectiva fundamentación, constan en actas que son suscritas por estos, las

que se incorporan al expediente de contratación. A solicitud del miembro respectivo,

si en la fundamentación de su voto este ha hecho uso de material documental,

el mismo queda incorporado en el expediente de contratación.

46.4. Durante el desempeño de su encargo, el comité de selección está facultado

para solicitar el apoyo que requiera de las dependencias o áreas pertinentes de la

Entidad, las que están obligadas a brindarlo bajo responsabilidad.

46.5. Los integrantes del comité de selección se encuentran obligados a actuar con

honestidad, probidad, transparencia e imparcialidad en el ejercicio de sus funciones,

debiendo informar oportunamente sobre la existencia de cualquier conflicto

de intereses y de comunicar a la autoridad competente sobre cualquier acto de

corrupción de la función pública del que tuvieran conocimiento durante el desempeño

de su encargo, bajo responsabilidad.

Concordancias en la LCE:

Art. 8.1 lit. c, 2do párr.:

Conform ación de com ités de selección

Concordancias en el RLCE:

Art. 43:

Art. 44:

A rt. 45:

Art. 61.2:

Art. 61.3:

Art. 64.6:

A rt. 65.2:

Órgano a cargo del procedim iento de selección

D esignación, su plencia, rem oción y renuncia de los integ rantes del com ité de

selección

Im pedim entos para integrar un com ité de selección

D eber de perm itir el acceso de los postores y participantes al exped ien te de contratación

luego de otorgada la buena pro

Restricción de conocimiento de requisitos de calificación que no fueron analizados

y revisados

Verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro

Em isión de inform e sobre las causas de no con clu sión del p ro cedim iento de

selección declarado desierto

4a DCT 3er párr.: Responsabilidad del OEC o com ité de selección en la selección el código CUBSO

durante el registro de contrataciones en el PAC

6a DCT 3er párr.: Actuación del com ité de selección en el acto público de presentación de ofertas

Concordancias en Directivas del OSCE:

Directiva N° 007-2019-OSCE/CD: Disposiciones aplicables al registro de inform ación en el Sistem a

Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE

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