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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 119

REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

JU R ISPRU D EN C IA

ACUERDOS DE SALA PLENA DEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

J381

J382

J383

ACUERDO DE SALA PLENA 03/2017: Impugnación de buena pro en licitación

pública, concurso público, adjudicación simplificada, subasta inversa electrónica,

selección de consultores individuales y comparación de precios

"En el caso de la licitación pública, concurso público, adjudicación simplificada,

subasta inversa electrónica, selección de consultores individuales y comparación de

precios, para contratar bienes, servicios en general y obras, el plazo para impugnar se

debe computar a partir del día siguiente de la notificación de la buena pro a través

del SEACE, aun cuando esta pueda haberse efectuado en acto público".

ACUERDO DE SALA PLENA 03/2017: Impugnación de buena pro en concursos

públicos para contratar consultarías en general y consultarías de obra

"En el caso de concursos públicos para contratar consultarías en general y consultarías

de obra, el cómputo del plazo para impugnar se considera a partir del día

siguiente de efectuado el acto público en el que se otorgó la buena pro, independientemente

de la fecha de publicación en el SEACE".

ACUERDO DE SALA PLENA 03/2017:Impugnación de buena pro en adjudicación

simplificada para contratar consultarías en general y consultarías de obra

"En el caso de la adjudicación simplificada para la contratación de consultarías de

obras y consultarías en general, el cómputo del plazo para impugnar se considera

a partir del día siguiente de efectuado el acto público en el que se otorgó la buena

pro o de su notificación a través del SEACE, dependiendo de lo que se haya establecido

en las bases".

RESOLUCIONES DEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

j 384

RESOLUCIÓN N° 003-2017-TCE-S3: Plazos para interponer recurso de apelación en

caso de adjudicaciones simplificadas

"(...) la normativa de contrataciones estatales en el artículo 97 del Reglamento [véase

art. 119 del nuevo RLCE], establece claramente dos (2) reglas distintas en torno al

plazo para interponer recurso de apelación, en el caso de las adjudicaciones simplificadas

(procedimiento de selección materia de análisis):

Si la impugnación se dirige contra el otorgamiento de la buena pro o contra

actos dictados con anterioridad a ella la apelación debe interponerse dentro de

los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la

buena pro.

Fn cambio, si lo que se cuestionan son actos dictados con posterioridad al otorgamiento

de la buena pro, contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria

de desierto del procedimiento, la apelación debe interponerse dentro de

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