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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 20

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

"(...) la normativa de contrataciones del Estado dispone que la realización de una pluralidad

de contrataciones -en un mismo ejercicio fiscal- no implica fraccionamiento

indebido, en la medida que la insuficiencia de recursos financieros no hubiera permitido

la contratación integral en su momento; no obstante, de la redacción del numeral

19.2 del artículo 19 del Reglamento [véase art. 43 num. 40.3 del nuevo RLCE] se

desprende que dicha excepción solo se extiende al caso de bienes y servicios, en

consecuencia, no resulta de aplicación cuando se trate de la ejecución de obras".

0P158

OP159

OPINIÓN 235-2017/DTN:Fraccionamiento prohibido

"(...) cuando una Entidad (...) divida deliberadamente la unidad de las referidas

"prestaciones pendientes de ejecución", dando lugar una pluralidad de contrataciones

por montos iguales o menores a ocho (8) UIT, estará incurriendo en un fraccionamiento

prohibido, toda vez que a través de dicha figura buscaría evadir la aplicación

de las disposiciones y/o procedimientos previstos en la normativa de contrataciones

del Estado.

Finalmente, cabe mencionar que el criterio señalado en el párrafo anterior guarda

coherencia con lo dispuesto en las Opiniones N° 150-2017/DTN y N° 193-2017/DTN,

las cuales precisan que (...) la contratación individual de cada uno de los documentos

que componen el Expediente Técnico de Obra constituye un fraccionamiento

prohibido por la normativa de contrataciones del Estado".

OPINIÓN 168-2017/DTN: Responsabilidad de la Entidad en el fraccionamiento

indebido

"(...) sobre la base de cada caso concreto, es responsabilidad de la Entidad determinar

si los servicios requeridos representan un mismo objeto contractual, a efectos

de contratarlos mediante un único procedimiento de selección, evitando, de esta

manera, un fraccionamiento indebido; o si, por el contrario, existen elementos distintivos

que hacen singular cada bien, a efectos de programarlos y contratarlos en procedimientos

de selección independientes, supuesto en el cual no se configuraría el

fraccionamiento".

DOCTRINA

D112

Morón Urbina, Juan Carlos. La contratación estatal. Análisis de las diversas formas y técnicas

contractuales que utiliza el Estado. Gaceta Jurídica, Lima, 2016.

"Desde el momento mismo del establecimiento de la licitación como procedimiento

principal de la contratación administrativa, en función de los montos de las prestaciones,

y de limitación de las contrataciones ínfimas, surge evidentemente el fraccionamiento

del contrato como el mecanismo fraudulento para eludir la realización del

procedimiento regla de la contratación administrativa.

El fraccionamiento, la subdivisión, el desdoblamiento, o la fragmentación del contrato

aparecen así como un mecanismo para abreviar artificialmente el camino de

procesos de selección más rigurosos, evadiéndolos y reemplazarlos por mecanismos

inmediatos y flexibles de contratación, previstos para supuestos de menor valor.

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