27.02.2021 Views

CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

ART. 36

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

ARTÍCULO 36

Resolución de los contratos

36.1. Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, por caso fortuito o fuerza

mayor que imposibilite de manera definitiva la continuación del contrato, por

incumplimiento de sus obligaciones conforme lo establecido en el reglamento, o

por hecho sobreviniente al perfeccionamiento del contrato que no sea imputable

a alguna de las partes.

36.2. Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a alguna de las partes,

se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados. No corresponde el pago de

daños y perjuicios en los casos de corrupción de funcionarios o servidores propiciada

por parte del contratista, de conformidad a lo establecido en el artículo 11.

(Texto modificado por el artículo 1del Decreto Legislativo N° 1341)

C o ncordancias en la LCE:

A rt. 45:

Concordancias en el RLCE;

Art. 138:

Art. 155.1 lit. b:

Art. 164:

Art. 165:

Art. 166:

Art. 167:

Art. 170.1:

Art. 176.8:

Art. 203.4:

Art. 206.7:

Art. 207:

Art. 223:

Solución de controversias sobre resolución de contrato

Cláusula de resolución com o contenido esencial del contrato

Ejecución de garantía de fiel cum plim iento por resolución de contrato

Causales de resolución de contrato

Procedim iento de resolución de contrato

Efectos de la resolución

Prestaciones pendientes por resolución de contrato

Liquidación de contrato de consultoría de obra al consentirse la resolución de

contrato

Resolución de contrato por no haberse iniciado la obra

Resolución de contrato por la no presentación de calendario acelerado de obra

Resolución de contrato por haberse superado el 50 % del m onto del contrato original

en prestaciones adicionales de obra

Resolución del contrato de obras

Solución de discrepancias sobre resolución de contrato

O PIN IO N ES D E L O S C E

OP 309

OPINIÓN 118-2017/DTN: Resolución de contrato sin culpa de las partes

"Conforme a las normas citadas, la normativa de contrataciones del Estado prevé la

posibilidad de resolver el contrato cuando debido a un hecho o evento que se considera

caso fortuito o fuerza mayor, resulte imposible de manera definitiva continuar

con la ejecución de las prestaciones objeto del contrato.

En este supuesto, corresponde a la parte que solicita la resolución del contrato, probar

la ocurrencia del caso fortuito o fuerza mayor, y la consecuente imposibilidad de

continuar con la ejecución de las prestaciones a su cargo".

354

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!