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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. V MÉTODOS DE CONTRATACIÓN / SELECCIÓN DE CONSULTORES INDIVIDUALES ART.

Art. 24:

Art. 27 lit. h:

Art. 47:

Art. 48:

Selección de consultores individuales

Contratación directa

Definición del SEACE

Obligatoriedad del uso del SEACE

Concordancias en el RLCE:

Art. 29: Requerimiento

Art. 53: Procedimientos de selección

Art. 54: Convocatoria

Art. 92: Condiciones para el uso de la selección de consultores individuales

Art. 95: Recepción de expresiones de interés

Concordancias en Directivas del OSCE:

Directiva N° 007-2019-OSCE/CD: Disposiciones aplicables al registro de información en el Sistema

Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE

§

ARTÍCULO 95

Recepción de expresiones de interés

Los participantes presentan a través del SEACE sus expresiones de interés, dentro

del plazo previsto en la solicitud de expresión de interés, el cual no puede ser

menor de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria,

mediante los formatos requeridos en la solicitud de expresión de interés, junto con

la documentación que sustente los requisitos de calificación y los factores de evaluación.

La presentación de expresiones de interés implica la aceptación del precio

fijado en los documentos del procedimiento.

Concordancias en la LCE:

Art. 21:

Art. 24:

Art. 27 lit. h:

Art. 47:

Art. 48:

Procedimiento de selección

Selección de consultores individuales

Contratación directa

Definición del SEACE

Obligatoriedad del uso del SEACE

Concordancias en el RLCE:

Art. 9.9: Responsabilidad del proveedor de no estar impedido para contratar con el

Estado al momento de presentar su oferta

Art. 48.2: Contenido mínimo de las solicitudes de expresión de interés

Art. 49: Requisitos de calificación

Art. 50: Procedimiento de evaluación

Art. 51: Factores de evaluación

Art. 92: Condiciones para el uso de la selección de consultores individuales

Art. 93: Etapas de la selección de consultores individuales

Art. 94: Convocatoria

Art. 96: Calificación y evaluación

Art. 97: Otorgamiento de la buena pro

Concordancias en Directivas del OSCE:

Directiva N° 007-2019-OSCE/CD: Disposiciones aplicables al registro de información en el Sistema

Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE

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