27.02.2021 Views

CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

ART. 11

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

D 57

D 58

D 59

Navas Rondon, Carlos. "Los impedimentos para contratar con el Estado como causal de

sanción". En: Administración Pública & Control N° 40, Gaceta Jurídica, Lima, abril 2017.

"Estas prohibiciones o descripciones especiales de impedimentos que tienen

determinadas personas tratan de evitar la existencia de situaciones de ventaja o

beneficio por parte de los funcionarios públicos, quienes pueden ejercer influencias

o favoritismos en las decisiones de las contrataciones estatales o pueden utilizar

indebidamente la información a la que han tenido acceso respecto de los procedimientos

llevados, o tienen incompatibilidades expresamente previstas en la

Ley" (p. 32).

Saux Spigno, Maurice. "Reglas sobre impedimentos en las normas de contrataciones del

Estado". En: Administración Pública & Control N° 41, Gaceta Jurídica, Lima, mayo 2017.

"El artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado (LCE) regula los casos en que

una persona (natural o jurídica) está impedida de contratar con el Estado. (...) los 7

primeros incisos (del a al g) refieren a impedimentos que se aplican a las personas a

raíz del cargo público que ocupan. En este primer grupo encontramos desde el Presidente

de la República hasta los funcionarios públicos que pertenezcan a la entidad

que convoca el procedimiento de selección. El segundo grupo de impedimentos

está a lo largo de los siguientes cuatro incisos (del h al k) y refiere a las personas

vinculadas con cierto grado de cercanía al grupo indicado arriba. Aquí tenemos,

(...) a los cónyuges y parientes, mientras que en el caso de las personas jurídicas

(con o sin lucro), a sus empresas y personas vinculadas. (...) El tercer grupo de impedimentos

es una novedad ¡mplementada en los recientes cambios a la normativa y

está compuesto por dos incisos (m y n) que regulan los casos en que una persona

haya sido condenada o haya reconocido, en el país o en el extranjero, ciertos delitos

indicados en la LCE referidos a actos de corrupción. El cuarto y último grupo

sería algo así como la categoría 'otros' (inciso I e incisos o al q). Aquí encontramos:

(i) a las personas con sanción de inhabilitación vigente para contratar con el Estado;

(ii) el impedimento que prohíbe que personas que pertenezcan a un mismo grupo

económico participen en el mismo procedimiento de selección; (iii) a las personas

que sean testaferros o continuación de personas jurídicas impedidas o sancionadas;

y (iv) las personas inscritas en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles

(REDERECI), el Registro de Abogados Sancionados por Mala Práctica Profesional, el

Registro de Funcionarios y Servidores Sancionados con Destitución y otros similares"

(pp. 41 - 42).

Burgos Bardales, Patrick. "La calidad de impedido del secretario general de la PCM en el

marco de la Ley de Contrataciones del Estado". En: Administración Pública & Control N° 43,

Gaceta Jurídica, Lima, julio 2017.

"El literal c) del numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones

del Estado, establece que están impedidos de ser participantes, postores, contratistas

o subcontratistas, en cualquier régimen de contratación: Durante el ejercicio del

cargo los ministros y viceministros, y en el ámbito de su sector, hasta doce (12) meses

después de haber dejado el cargo.

(...) las excepciones al libre acceso a las contrataciones del Estado son los denominados

'impedimentos' para ser participante, postor o contratista, y se encuentran

126

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!