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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. IV ACTUACIONES PREPARATORIAS / DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN ART. 50

selección, sin discriminar un 'mecanismo' distinto para la evaluación de ofertas presentadas

por postores que se acogen al beneficio de la exoneración del IGV, prevista

en la Ley N° 27037; siendo así que, tratándose de procedimientos de selección para

la contratación de bienes, deberá aplicarse lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento

[véase art. 52 del nuevo RLCE]".

OPINIÓN 088-2018: Características de la evaluación de documentos privados reali- OP 590

zada por la Entidad

"(...) la normativa de contrataciones del Estado, es ajena a la regulación de los documentos

contractuales que puedan celebrar los privados y la denominación que

estos le puedan otorgar; por lo que, en un procedimiento de selección la evaluación

que realiza la Entidad se ha de centrar en el contenido de los documentos presentados

por el postor".

JU R ISP R U D EN C IA

RESOLUCIONES DEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

RESOLUCIÓN N° 1394-2018-TCE-S4: Motivación de la descalificación o desestima- j 303

ción de ofertas durante el devenido del procedimiento de evaluación

"Específicamente en lo relativo al ámbito jurídico que nos ocupa, la normativa sobre

contratación estatal ha establecida que cuando una oferta se considera no admitida

esta información debe consignarse en acta, la cual deberá ser publicada en el

SEACE para su público conocimiento, de conformidad con los principios de publicidad

y transparencia. En ese sentido, si el Comité de Selección decidiera desestimar o

descalificar determinada oferta, el cumplimiento del deber de motivación exige que

cuando menos se expresen las razones concretas que conllevaron a adoptar dicha

decisión; lo que a su vez ameritará tomar como referencia los requisitos establecidos

en las Bases Integradas del procedimiento de selección" (p. 16).

RESOLUCIÓN N° 1186-2018-TCE-S4: Antes de la evaluación de las ofertas debe j 304

determinarse el cumplimiento de las características y/o requisitos funcionales y condiciones

de las especificaciones técnicas.

"De las disposiciones glosadas, se desprende que, previamente a la evaluación de las

ofertas, debe determinarse el cumplimiento de las características y/o requisitos funcionales

y condiciones de las especificaciones técnicas, cuya función es asegurar a la

Entidad que la propuesta del postor cumple con las características mínimas de idoneidad

para proveer o ejecutar adecuadamente el bien o servicio objeto de la contratación,

habilitando con ello a las propuestas que ingresarán en competencia y

que serán evaluadas posteriormente, para luego aplicar los factores de evaluación,

los cuales contienen los elementos a partir de los cuales se asignará puntaje con la

finalidad de seleccionar la mejor oferta.

Conforme a lo señalado, tanto la Entidad como los postores se encuentran obligados

a cumplir con lo establecido en las bases integradas; tal es así que la Entidad tiene el

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