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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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WSawr

ART. 52 REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

la documentación presentada y no sobre la revisión sesgada de determinado documento

(o de una parte de este) privilegiando solo uno de ellos respecto del otro.

Por lo tanto, cabe señalar que, al ser dichos documentos (Contrato Privado de Compra

Venta N° 009/01-2015 del 16 de enero de 2015 y su Constancia de Conformidad

de Venta del 14 de julio de 2016) documentos incongruentes entre sí, estos no pueden

ser idóneos para acreditar la experiencia del Adjudicatario, de conformidad con

lo requerido en las bases integradas" (p. 17).

§

690

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