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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 9

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

que el Titular de la Entidad no haya dado su aprobación para tales efectos; salvo que

el postor haya aceptado reducir su oferta económica".

OP82

OP 83

OPINION 166-2017/DTN Corresponde a la Entidad determinar si el proveedor se

encontraba impedido para ser participante, postor y/o contratista

"Correspondía a cada Entidad determinar si un proveedor se encontraba impedido

de ser participante, postor y/o contratista en un proceso de contratación pública,

debiendo precisarse que el impedimento se aplicaba a las contrataciones cuyos

montos eran iguales o inferiores a 8 (UIT), bajo los supuestos descritos en el anterior

artículo 11 de la Ley.

En caso la Entidad hubiera determinado -en la etapa de suscripción del contratoque

un proveedor se encontraba impedido de ser participante, postor y/o contratista,

al configurarse alguno de los impedimentos previstos en el anterior artículo 11

de la Ley, debía abstenerse de emitir y notificar la orden de servicio.

En caso la Entidad hubiera perfeccionado una contratación en contravención con lo

indicado en el anterior artículo 11 de la Ley, dicha situación traía como consecuencia

la nulidad de contrato, tal y como lo disponía el anterior artículo 44 de la Ley".

OPINIÓN 187-2017/DTN;Organizadón del proceso de contratación

"(...) la normativa de contrataciones del Estado no prevé la función de 'cautelar' el

cumplimiento del contrato, ni mucho menos que ello dependa de un órgano de la

Entidad en específico; al respecto, dicha normativa establece que los procesos de

contratación -lo que incluye a las actuaciones durante la fase de ejecución contractual-,

son organizados por la Entidad, la cual, conforme a sus Legislación de organización

interna, define las unidades orgánicas que participarán en el mismo conforme

a las funciones descritas en la Ley y el Reglamento.

(...)

Así, considerando su especialidad y funciones, corresponde al área usuaria -o al

órgano que se le haya asignado tal función-, la verificación técnica de las contrataciones

efectuadas a su requerimiento a efectos de otorgar su conformidad".

PRO N U N CIA M IEN TO S D E L O S C E

P 9

PRONUNCIAMIENTO N° 251-2018:La responsabilidad esencial de los funcionarios

y servidores incluye su intervención en la elaboración del formato de resumen ejecutivo,

requerimiento, pliego absolutorio e informe técnico

"(...) cabe precisar que de conformidad con el artículo 9 de la Ley, la información

declarada por los funcionarios y servidores que intervienen en el proceso de contratación

encargados de elaborar el formato de resumen ejecutivo, el requerimiento,

el pliego absolutorio y el informe técnico, con independencia del régimen jurídico

que los vincule a la Entidad, son responsables, entre otros, en el ámbito de las actuaciones

que realicen, debiendo verificar el cumplimiento de las normas legales aplicables

y de los principios que rigen la contratación pública, específicamente el presente

procedimiento de selección".

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