27.02.2021 Views

CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

T. I DISPOSICIONES PRELIMINARES / CONDICIONES EXIGIBLES A LOS PROVEEDORES

facultades de cualquiera de los Integrantes de sus órganos de administración antes

mencionados hayan sido revocadas, ya que ello no ha sido previsto en la Ley".

OPINIÓN 042-2017/DTN: Criterios interpretativos respecto a los supuestos de impe- OP103

dimento previstos en el literal k) del artículo 11 de la Ley

"El Reglamento y los criterios interpretativos aprobados por el Tribunal de Contrataciones

del Estado establecen que los supuestos de impedimentos previstos en

el literal k) del artículo 11 de la ley son: a) El impedimento para la 'persona jurídica

vinculada' a otra persona jurídica sancionada, b) El impedimento para la persona

jurídica integrada por un proveedor sancionado y c) El impedimento para quien

integra o integró un proveedor sancionado. Estos supuestos se configuran durante

el tiempo que la sanción de inhabilitación al 'proveedor sancionado' se encuentre

vigente, es decir, temporal o permanentemente, según lo dispuesto en la resolución

emitida por el Tribunal de Contrataciones del Estado.

Si la sanción impuesta al 'proveedor sancionado' es temporal, el impedimento aplicable

a la persona natural o jurídica, que integra o integró en los 12 meses anteriores

a la imposición de la sanción, la persona jurídica sancionada, fenece al cumplirse

la misma. No obstante, en caso la sanción impuesta al 'proveedor sancionado' sea

permanente, el impedimento aplicable a la persona natural o jurídica, que integra o

integró en los 12 meses anteriores a la imposición de la sanción, la persona jurídica

sancionada, no fenecerá mientras la sanción se encuentre vigente.

En consecuencia, en caso de mantenerse vigente la sanción impuesta al 'proveedor

sancionado', los socios, accionistas, participacionistas, titulares, integrantes de

los órganos de administración, apoderados o representantes legales de la persona

jurídica sancionada mantienen el impedimento aun cuando ya no formen parte de

dicha persona jurídica, por lo que de integrar o formar parte de otra persona jurídica

convertirá a esta en impedida de ser participante, postora o contratista durante el

tiempo que la sanción impuesta al proveedor sancionado se encuentre vigente, es

decir, temporal o definitivamente.

En caso de una persona jurídica sancionada con inhabilitación definitiva, sus socios,

accionistas, participacionistas, o titulares que la integran o integraron no podrán volver

a contratar con el Estado o integrar una nueva persona jurídica sin que conviertan

a esta en impedida de ser participante, postora o contratista.

El apoderado legal quien integra o integró dentro de los 12 meses anteriores a la sanción

una persona jurídica con inhabilitación definitiva no podrá no podrán volverá

contratar con el Estado o integrar una nueva persona jurídica sin que la conviertan a

esta en impedida de ser participante, postora o contratistas, dado que sobre aquella

persona jurídica recae una sanción de inhabilitación definitiva.

Una persona jurídica (empresa absorbente) puede contratar con el Estado y/o participar

en procesos de selección, dado que la sanción impuesta a una sociedad absorbida

se extingue junto con ella en el proceso de fusión, por lo cual no puede transmitirse

la sanción a la sociedad absorbente.

Los socios, accionistas, participacionistas, titulares, integrantes de los órganos de

administración, apoderados o representantes legales de una empresa absorbida

mantienen la sanción vigente impuesta a esta, de manera que, en caso integren la

1 0?

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!