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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. VI SOLUCIONES DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN ART. 1 2 4

el responsable de ello, en todos los casos, siempre va a ser el representante común

[quien actúa en nombre de todos los consorciados]. (...)" (p. 1).

RESOLUCIÓN N° 2164-2018-TCE-S1: Devolución de garantía por interposición de j 398

recurso de apelación derivada de la nulidad del procedimiento de selección

"(...) la situación aludida impide al Colegiado emitir un pronunciamiento de fondo,

en caso se aplicase el extremo de las bases que ha sido analizado, razón por la

cual se hace necesaria la declaratoria de nulidad del procedimiento de selección

y, por su efecto, corresponde revocar el otorgamiento de la buena pro a favor del

adjudicatario.

Atendiendo a ello, se torna irrelevante emitir pronunciamiento respecto de los otros

asuntos de fondo del recurso de apelación y/o los puntos controvertidos planteados.

En ese sentido, deberá devolverse la garantía presentada por el Impugnante, por la

interposición de su recurso de apelación, conforme a lo dispuesto en artículo 110 del

Reglamento [véase art. 132 del nuevo RLCE]" (p. 23).

DOCTRINA

Morón Urbina, Juan Carlos. La contratación estatal. Análisis de las diversas formas y técnicas q 4 7 2

contractuales que utiliza el Estado, Gaceta Jurídica, Lima, 2016.

"La posibilidad de Imponer condicionalidades para la admisión del recurso: la garantía

para impugnar.

La preocupación por los efectos dilatorios de los recursos administrativos temerarios

ha dado ocasión a que la Administración incorpore normativamente o directamente

en las bases de ios procesos, la exigencia formal de respaldar el recurso con

una garantía económica irrevocable en favor de la entidad y, en menor medida, la

reserva de demanda indemnizatoria contra el recurrente por parte de la Administración

(por ejemplo: El Salvador).

De tal suerte, si el recurso es acogido por la autoridad, la garantía es devuelta, pero

si resulta denegada, la garantía se ejecuta a favor de la administración en compensación

a un presumido (mas no probado), perjuicio ocasionado al impedir el inmediato

perfeccionamiento contractual y la ejecución de las prestaciones. Por ejemplo,

en Perú es tradicional contemplar que la garantía por interposición del recurso de

apelación será equivalente a un porcentaje del valor referencial del proceso de selección

o del ítem que se decida impugnar" (p. 784).

Morón Urbina, Juan Carlos. La contratación estatal. Análisis de las diversas formas y técnicas D 473

contractuales que utiliza el Estado, Gaceta Jurídica, Lima, 2016.

"Las principales características del recurso de apelación son:

(...)

• Necesidad de garantizar el recurso. Con el propósito de evitar las impugnaciones

maliciosas se ha establecido que el recurso de apelación debe ser garantizado

ante el OSCE mediante una fianza o depósito bancario ascendente al 3 %

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