27.02.2021 Views

CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

ART. 21

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

procedimiento de selección que corresponde, previo informe en el que se justifique

y evalúe las causas que no permitieron la conclusión del procedimiento y las medidas

correctivas adoptadas".

OP163

OP164

OP165

OP166

0P167

OPINIÓN 020-2018/DTN: Documentos del procedimiento de selección. Uso obligatorio

de los documentos estándar aprobados por el OSCE y la información del expediente

de contratación aprobado

"(...) de acuerdo con el artículo 26 del Reglamento [véase art. 47 del nuevo RLCE],

el comité de selección o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda,

es el responsable de elaborar los documentos del procedimiento de selección

a su cargo, empleando para ello -de manera obligatoria- los documentos

estándar aprobados por el OSCE y la información técnica y económica contenida en

el expediente de contratación aprobado.

Cabe precisar que los documentos del procedimiento son: (i) las bases, utilizadas

para los procedimientos de licitación pública, concurso público y adjudicación simplificada;

(ii) las solicitudes de expresión de interés, utilizadas para la selección de

consultores individuales; y (iii) las solicitudes de cotización, empleadas para la comparación

de precios.

OPINIÓN 106-2018/DTN: Régimen de notificaciones durante el procedimiento de

selección

"(...) en concordancia con los criterios establecidos en las Opiniones N° 191-2017/

DTN y N° 206-2017/DTN cada Entidad puede decidir emplear métodos tradicionales

o medios electrónicos de comunicación para realizar las notificaciones de los actos a

su cargo previstos en la normativa de contrataciones del Estado, sin que esto afecte

la validez del acto notificado, y siempre que ello haya sido previsto en los documentos

del procedimiento de selección y posteriormente en el contrato".

OPINIÓN 056-2018/DTN: Acceso a la información durante el procedimiento de

selección

"(...) una vez otorgada la buena pro, los participantes y/o postores pueden solicitar

el acceso al expediente de contratación (...) siempre que esta no tenga carácter de

secreto, reservado o confidencial según el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806,

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y que no se vulneren disposiciones

contenidas en leyes especiales que protegen la información".

OPINIÓN 075-2018/DTN: Calendario del procedimiento de selección

"(...) corresponde aclarar que los 'plazos máximos' (...) deben ser observados por las

Entidades al momento de elaborar el calendario del procedimiento de selección, es

decir, durante la fase de actos preparatorios".

OPINIÓN 075-2018/DTN: Contenido de los documentos del procedimiento de selección

"(...) el artículo 27 del Reglamento [véase art. 48 del nuevo RLCE] establece el contenido

mínimo de los documentos del procedimiento de selección, señalando que

los mismos deben contener -entre otros aspectos- las condiciones contractuales;

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!