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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. V MÉTODOS DE CONTRATACIÓN / CONTRATACIÓN DIRECTA ART. 1 0 0

Desarrollo tecnológico: Es la aplicación de los resultados de la investigación o de

cualquier otro tipo de conocimiento científico, a un plan o diseño en particular

para la producción de materiales, productos, métodos, procesos o sistemas nuevos,

o sustancialmente mejorados, antes del comienzo de su producción o utilización

comercial.

• Innovación tecnológica: Es la interacción entre las oportunidades del mercado

y el conocimiento base de la empresa y sus capacidades, implica la creación,

desarrollo, uso y difusión de un nuevo producto, proceso o servicio y los cambios

tecnológicos significativos de los mismos. Se considerarán nuevos aquellos

productos o procesos cuyas características o aplicaciones, desde el punto

de vista tecnológico, difieran sustancialmente de las existentes con anterioridad.

Consideran la innovación de producto y la de proceso".

OPINIÓN 054-2018/DTN: Verificación de cumplimiento de condiciones para la con- OP 691

tratación directa de bienes y servicios con fines de investigación, experimentación

o desarrollo de carácter técnico o tecnológico

"(...) cabe aclarar que aun cuando una Entidad tenga como funciones u objetivos la

investigación científica y/o tecnología en determinada materia, no todas las contrataciones

que esta realice pueden ser consideradas dentro de los alcances de la causal

de contratación directa prevista en el literal i) del artículo 27 de la Ley, puesto que

antes deberá evaluarse si las referidas contrataciones tienen como finalidad directa la

investigación, experimentación o desarrollo de carácter científico o tecnológico, de

acuerdo a lo señalado en la normativa de la materia; o si por el contrario, están dirigidas

a dar continuidad a las actividades administrativas u operativas que realiza toda

Entidad o a satisfacer otro tipo de necesidades ajenas a la investigación, experimentación

o desarrollo de carácter científico o tecnológico, en cuyo caso corresponderá

utilizar el método de contratación que corresponda".

OPINIÓN 054-2018/DTN: Responsabilidad de la Entidad sobre la configuración y

aprobación de la contratación directa de bienes y servicios con fines de investigación,

experimentación o desarrollo de carácter técnico o tecnológico

"Una vez que la Entidad hubiera efectuado la verificación del cumplimiento de las

condiciones previstas en el reglamento -conforme a lo señalado en la presente opinión-

para determinar la configuración de la causal establecida en el literal i) del

artículo 27 de la Ley, para cada caso en concreto, corresponderá a esta decidir si

aprobará la contratación directa, bajo su responsabilidad".

OP692

OPINIÓN 235-2017/DTN: Necesidad urgente de ejecutar prestaciones pendientes

derivadas de un contrato resuelto

"(...) ante la necesidad urgente de culminar con la ejecución de prestaciones pendientes

derivadas de un contrato resuelto, la Entidad puede contratar con alguno de los

postores que participaron en el procedimiento de selección que dio origen a dicho

contrato -aplicando el procedimiento previsto en el artículo 138 del Reglamento

[véase art. 167 d el nuevo RLCE]"-; siendo que, para tal fin, esta deberá -previamentedeterminar

y sustentar el precio de las prestaciones pendientes, considerando todos

OP693

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