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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. III SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTRATACIONES DEL ESTADO - SEACE ART. 28

Estado - SEACE [véase Directiva N° 007-2019-OSCE/CD]', el registro de información

en el SEACE se efectúa en el marco de los principios de transparencia y publicidad

que rigen las contrataciones del Estado. En ese sentido, la publicación de las bases

integradas en dicho sistema es un instrumento necesario para que los participantes

de un procedimiento de selección tengan certeza sobre las reglas definitivas que

lo rigen, coadyuvando así a ja materialización del principio de transparencia" (p. 13).

-------------- § --------------

ARTÍCULO 28

Procedimientos electrónicos

Los procedimientos de selección se realizan en forma electrónica y se difunden,

íntegramente, a través del SEACE, conforme a la Directiva que emita el OSCE.

C o n co rd an cias en la LCE:

A rt.4 7 :

Art. 48:

A rt. 49:

A rt. 51:

Art. 52 lit. i:

A rt. 57:

D efinición del SEACE

O bligación de las Entidades de utilizar el SEACE

Validez y eficacia de los actos realizados por el SEACE

D efinición del OSCE

Función del OSCE de desarrollar, adm inistrar y operar el SEACE

N otificaciones del OSCE a través del SEACE

C o n co rd an cias en el RLCE:

A rt. 24:

Art. 25:

Art. 26:

Art. 27:

Art. 54 inc. 1:

Art. 58:

Art. 60.5:

Art. 63:

Registro de las Entidades contratantes

O bligación de la Entidad de registrar en el SEACE

Acceso al SEACE

Registro de la inform ación en el SEACE

Convocatoria de los procedim ientos de selección se realiza a través del SEACE

Notificaciones a través del SEACE durante el procedim iento de selección

Subsanación de las ofertas a través del SEACE

Notificación del otorgam iento de la buena pro a través del SEACE

Art. 110 ines. 1 y 2: Subasta inversa electrónica a través del SEACE

Art. 126 ines. 1 y 2:

Procedim iento ante el Tribunal a través del SEACE

Concordancias en Directivas del OSCE:

Directiva N° 007-2019-OSCE/CD: Disposiciones aplicables al registro de inform ación en el Sistema

Electrónico de Contrataciones del Estado SEACE

§

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