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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 1 3 8 REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

considerar otros valores derivados de las variaciones realizadas que afectaron al contrato

durante su ejecución".

OP 764

OP 765

OPINIÓN 144-2018/DTN: Disposiciones de estricto cumplimiento sobre la identificación

y asignación de riesgos en contratos de obra

"De conformidad con el numeral 6.2 de la Directiva N° 012-2017-OSCE/CD, al elaborar

las Bases para la ejecución de la obra, el comité de selección debe incluir en la

proforma de contrato, conforme a lo que señala el expediente técnico, las cláusulas

que identifiquen y asignen los riesgos que pueden ocurrir durante la ejecución de la

obra y la determinación de la parte del contrato que debe asumirlos durante la ejecución

contractual".

OPINIÓN 010-2019/DTN: Imposibilidad de variar el contenido de las bases integradas

con ocasión de la suscripción del contrato; de suceder ello, dichas disposiciones

son inexigibles

"En tal sentido, las partes no pueden modificar el contenido de las Bases Integradas

con ocasión de la suscripción del contrato; de esta manera, si en dicha oportunidad

se incorpora alguna variación a las reglas definitivas de la contratación (por error,

omisión, deficiencia u otra circunstancia), esta última debe considerarse como inexistente

e incapaz de desplegar efectos jurídicos.

(...)

Tal como se indicó al absolver la consulta anterior, si durante la suscripción del contrato

se incorpora alguna variación a las reglas definitivas de la contratación (por

error, omisión, deficiencia u otra circunstancia), esta última debe considerarse como

inexistente e incapaz de desplegar efectos jurídicos; en consecuencia, solo resultan

exigibles aquellas obligaciones que se ajusten a lo señalado en los documentos que

conforman el contrato, dentro de los cuales se encuentran las Bases Integradas".

PRO N U N CIA M IEN TO S D EL O S C E

P76

PRONUNCIAMIENTO 275-2018/OSCE-DGR-SIRC: Identificación y asignación de riesgos

previsibles de ocurrir durante la ejecución del contrato de obra

"En el numeral 8.2 del 8 Reglamento [vé ase a rt. 8 e n el T U O d e la LC E ], se señala

que: 'para la contratación de obras, la planificación debe incluir la identificación y

asignación de riesgos previsibles de ocurrir durante la ejecución, así como las acciones

y planes de intervención para reducirlos o mitigarlos, conforme a los formatos

que apruebe el OSCE. El análisis de riesgos implica clasificarlos por niveles en función

a: (i) su probabilidad de ocurrencia y (ii) su impacto en la ejecución de la obra'.

En el numeral 6.2 de la Directiva N° 012-2017-OSCE/CD, se establece que al elaborar

las Bases para la ejecución de la obra, el comité de selección debe incluir en la

proforma de contrato, conforme a lo que señala el expediente técnico, las cláusulas

que identifiquen y asignen los riesgos que pueden ocurrir durante la ejecución de la

obra y la determinación de la parte del contrato que debe asumirlos durante la ejecución

contractual.

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