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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. Vli EJECUCIÓN CONTRACTUAL / MODIFICACIONES DEL CONTRATO ART. 1 6 0

ARTÍCULO 160

M odificaciones al contrato

160.1. Las modificaciones previstas en numeral 34.10 del artículo 34 de la Ley, cumplen

con los siguientes requisitos y formalidades:

a) Informe técnico legal que sustente: i) la necesidad de la modificación a fin de

cumplir con la finalidad del contrato de manera oportuna y eficiente, i¡) que

no se cambian los elementos esenciales del objeto de la contratación y iii) que

sustente que la modificación deriva de hechos sobrevinientes a la presentación

de ofertas que no son imputables a las partes.

b) En el caso de contratos sujetos a supervisión de terceros, corresponde contar

con la opinión favorable del supervisor.

c) La suscripción de la adenda y su registro en el SEACE, conforme a lo establecido

por el OSCE.

160.2. Cuando la modificación implique el incremento del precio, adicionalmente

a los documentos señalados en los literales precedentes, corresponde contar con

lo siguiente:

a) Certificación presupuestal; y

b) La aprobación por resolución del Titular de la Entidad.

160.3. Adicionalmente a los supuestos de modificación del contrato establecidos

en el artículo 34 de la Ley, este puede ser modificado cuando el contratista ofrezca

bienes y/o servicios con ¡guales o mejores características técnicas, siempre que

tales bienes y/o servicios satisfagan la necesidad de la Entidad. Tales modificaciones

no varían las condiciones que motivaron la selección del contratista.

Concordancias en la LCE:

Art. 2 lit. g:

Art.34.10:

Principio de vigencia tecnológica

M o d ific a c io n e s d el c o n tra to - a n te s d e n o m in a d a s com o m o d ific a c io n e s

co n vencio n ales-

OPINIONES DEL OSCE

OPINIÓN 090-2018/DTN: Elementos esenciales o determinantes del objeto del con- OP 865

trato no pueden variarse con las modificaciones del contrato

"En relación con lo anterior, debe precisarse que una 'prestación' -entendida como

el contenido u objeto de la obligación-, en el marco de lo establecido en la normativa

de contrataciones del Estado puede consistir en: (i) La ejecución de la obra; (ii) la

realización de la consultoría; (iii) la prestación del servicio; o, (iv) la entrega del bien;

tal como se define en el Anexo Único del Reglamento, Anexo de Definiciones [véase

Anexo N° 1 del nuevo RLCE],

Así, corresponde al área usuaria definir los elementos determinantes o esenciales en

función de los cuales establece (i) la ejecución de la obra; (¡i) la realización de la consultoría;

iii) la prestación del servicio; o, (iv) la entrega del bien.

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