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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. III SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTRATACIONES DEL ESTADO - SEACE ART. 25

Por tal motivo, se advierte que las contrataciones realizadas en virtud del literal f)

del artículo 4, independientemente de que estas se encuentren fuera del ámbito de

aplicación de la Ley y de su fuente de financiamiento, deben encontrarse registradas

en el PAC y publicadas en el SEACE en el módulo habilitado para tal fin".

OPINIÓN 013-2018/DTN: El SEACE es de uso obligatorio para las Entidades, en todas OP 471

las contrataciones que realicen

"(...) de conformidad con el numeral 48.1 del artículo 48 de la Ley, el SEACE es de

uso obligatorio para las Entidades, en las contrataciones que estas realicen, independientemente

que se sujeten al ámbito de aplicación de la Ley, su cuantía o fuente de

financiamiento.

(...) el SEACE es el sistema electrónico, desarrollado, administrado y operado por el

OSCE, que permite el intercambio de información referente a las contrataciones así

como la difusión de las contrataciones, en el cual las Entidades están obligadas a

registrar todos los documentos vinculados al proceso.

(...)

Respecto a la información que se registra en el SEACE debe ser idéntica en contenido

a los documentos y a las actuaciones que obran en el expediente de contratación,

de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Reglamento [véase art.

25 del nuevo RLCE]".

OPINIÓN 055-2018/DTN: El registro de información en el SEACE es de obligatorio

cumplimiento por las Entidades, incluso para contrataciones efectuadas bajo un

régimen legal de contratación

"Las Entidades se encuentran obligadas a utilizar el SEACE para publicar la información

de sus contrataciones de bienes, servicios u obras y por las que asumen el

pago con cargo a fondos públicos, de conformidad con la Directiva N° 008-2017-

OSCE/CD [véase Directiva N° 007-2019-OSCE/CD], Asimismo, pueden incluirse en

el SEACE contrataciones efectuadas bajo un régimen legal de contratación, siempre

que dicho régimen establezca la obligatoriedad de su registro, conforme a los plazos

en él señalados".

OP472

JU R ISPRU D EN C IA

ACUERDOS DE SALA PLENA DEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

ACUERDO DE SALA PLENA 03/2017-TCE: Notificación del otorgamiento de buena j 265

pro dependiendo del procedimiento de selección y criterios para la determinación

del plazo para impugnarla

"6. La diferencia de reglas para notificar el otorgamiento de la buena pro radica

en que existen procedimientos de selección en los que, de forma obligatoria,

debe realizarse un acto público a efectos de adjudicar la buena pro, otros,

donde dicha adjudicación se realiza en acto privado, basta su publicación en el

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