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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 2

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

D 9

DIO

Gómez Nestares, José Rodolfo. "La carta de compromiso del personal clave: ¿Es posible

su subsanación?". En: Administración Pública & Control N° 47. Gaceta Jurídica, Lima, noviembre

2017.

“La Ley de Contrataciones del Estado (LCE), aprobada mediante Ley N° 30225, y su

Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF y sus respectivas modificatorias,

tienen por finalidad establecer normas orientadas a maximizar el valor de

los recursos públicos que se invierten y a promover la actuación bajo el enfoque

de gestión por resultados en las contrataciones de bienes, servicios y obras, de tal

manera que estas se efectúen en forma oportuna y bajo las mejores condiciones de

precio y calidad, permitan el cumplimiento de los fines públicos y tengan una repercusión

positiva en las condiciones de vida de los ciudadanos, garantizando así la eficacia

y eficiencia del sistema de contrataciones" (p. 31).

Danos Ordóñez, Jorge. "Algunos Aspectos Relevantes de la Nueva Ley de Contrataciones

del Estado - Entrevista". En: Revista Derecho & Sociedad N° 44,2015, Lima.

"(...) este primer artículo (...) al establecer la finalidad de la [norma], nos está diciendo

que lo que quiere es que las contrataciones que el Estado realice lleven a buen

puerto. Es decir, que no se genere la cantidad de problemas actuales donde hay un

exceso de formalismo y ritualismo en la aplicación prácticas de los procedimientos

de selección que se llevan a cabo mediante esta Ley, también una visión bastante

rígida que lleva a que la mayor parte de controversias se tenga que resolver por vía

arbitral, se tenga que resolver mediante estos mecanismos ya durante la ejecución

del contrato.

(...) el objetivo que se plantea, cuando menos a nivel de este artículo primero (...) es

manifestar que la contratación del Estado (...) es un proceso logístico; no es en sí una

finalidad. Es un medio para que el Estado cumpla su objetivo en beneficio del interés

general. Si es que se frustra este proceso, si es que no se puede contratar, o si es que

contratando no se llega a entregar la obra, o entregar los bienes y servicios, entonces

no hay resultados y con ello estás perjudicando el interés público.

(...) la ley establece que se quiere utilizar bien los recursos públicos, bajo un enfoque

de gestión por resultados, de tal manera que esta se efectúe en forma oportuna

y bajo las mejores condiciones de precio y calidad, y -lo más importante- que permita

el cumplimiento de los fines públicos y que esto repercuta en la condición de

vida de los ciudadanos" (p. 94).

§

Principios que rigen las contrataciones

Las contrataciones del Estado se desarrollan con fundamento en los siguientes

principios, sin perjuicio de la aplicación de otros principios generales del derecho

público que resulten aplicables al proceso de contratación.

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