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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. IV ACTUACIONES PREPARATORIAS / REQUERIMIENTO Y PREPARACIÓN ART. 30

Ireijo Mitsuta, Carlos Luis. "El valor referencial. Por qué no elegir el menor precio". En: Admi- p 408

nistración Pública & Control N° 10, Gaceta Jurídica, Lima, octubre 2014.

"Es indispensable formular un adecuado procedimiento que sea flexible de acuerdo

con la naturaleza de la contratación, considerando estos elementos; brindar un

mayor tiempo para el análisis del estudio de posibilidades; obligar a las dependencias

usuarias a generar sus requerimientos con la debida anticipación, de acuerdo

con su programación y los plazos de procedimientos internos y procesos de selección,

haciéndola participar activamente en el estudio de posibilidades, puesto que

es el órgano que conoce las bondades de lo que solicita y quien está en mejor posición

para señalar qué elementos técnicos harían la diferencia entre las opciones; y,

sobre todo, instruir a quienes controlan posteriormente los actos internos de las entidades

para desterrar la idea, totalmente equivocada, de que tiene que escogerse

siempre el menor valor de las fuentes de información al momento de determinar el

valor referencial" (p. 45).

§

Homologación

30.1. Mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas

y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones

establecidas por PERÚ COMPRAS.

30.2. El uso de la ficha de homologación es obligatorio a partir del día siguiente de

su publicación en el diario oficial El Peruano, siempre que no se haya convocado el

procedimiento de selección correspondiente.

30.3. Las fichas de homologación aprobadas son de uso obligatorio para todas

las contrataciones que realizan las Entidades, con independencia del monto de la

contratación, incluyendo aquellas que no se encuentran bajo el ámbito de la Ley o

que se sujeten a otro régimen legal de contratación.

30.4. La contratación de los requerimientos que cuenten con ficha de homologación

aprobada se realiza mediante el procedimiento de selección de Adjudicación

Simplificada. Lo dispuesto no aplica cuando el requerimiento ha sido homologado

parcialmente.

30.5. En el caso de las Entidades bajo el ámbito de la Ley, si el bien o servicio es

incluido en el Listado de Bienes y Servicios Comunes corresponde que se contrate

mediante Subasta Inversa Electrónica. Asimismo, en el caso que el bien o servicio

esté incluido en un Catálogo Electrónico de Acuerdo Marco, se utiliza este método

especial para su contratación.

C o n co rd an cia s en la LC E:

A rt. 16:

Requerim iento

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