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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. Vil EJECUCIÓN CONTRACTUAL / OBRAS ART. 1 9 2

este no se encuentre en la misma, el cuaderno de obra debería permanecer en obra

y en custodia del personal del contratista, en atención a que su finalidad, además de

registrar los hechos relevantes ocurridos durante la ejecución de la obra, es servir de

sustento a las solicitudes del contratista, quién deberá entregárselo a la Entidad una

vez concluida la ejecución de la obra".

OPINIÓN 169-2017/DTN: La anotación en el cuaderno de obras no sustituye la obli- OP1014

gación del supervisor o inspector de emitir un informe respecto a un pedido de

ampliación de plazo

"(...) debe señalarse que si bien a través del cuaderno de obra se podía sustentar las

solicitudes del contratista y las decisiones de la Entidad, la normativa de contrataciones

del Estado no contemplaba la posibilidad que el inspector fundamentara su opinión

sobre la solicitud de ampliación de plazo formulada por el contratista a través

de una anotación en el cuaderno de obra.

En ese orden de ideas, el supervisor debía brindar su opinión respecto a la solicitud

de ampliación de plazo presentada por el contratista a través de un informe en

el que se precisaran los argumentos técnicos que le servían de fundamento, cumpliendo

las formalidades exigidas en el anterior artículo 170 del Reglamento [véase

art. 198 del nuevo RLCE]; en consecuencia, esta actuación no podía entenderse

como cumplida con la sola anotación en el cuaderno de obra, aun cuando en este

último el supervisor hubiera detallado el sustento técnico de su pronunciamiento".

§

Anotación de ocurrencias

192.1. En el cuaderno de obra se anotan, en asientos correlativos, los hechos relevantes

que ocurran durante la ejecución de esta, firmando al pie de cada anotación

el inspector o supervisor o el residente, según sea el que efectúe la anotación.

Las solicitudes que se requieran como consecuencia de las ocurrencias anotadas

en el cuaderno de obra, se presentan directamente a la Entidad o al inspector o

supervisor, según corresponda, por el contratista o su representante, por medio

de comunicación escrita.

192.2. Los profesionales autorizados para anotar en el cuaderno de obra evalúan

permanentemente el desarrollo de la administración de riesgos, debiendo anotar

los resultados, cuando menos, con periodicidad semanal, precisando sus efectos y

los hitos afectados o no cumplidos de ser el caso.

192.3. El cuaderno de obra es cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra

haya sido recibida definitivamente por la Entidad.

C o n co rd an cia s en el RLCE:

A rt. 150:

Proced im iento de sustitución de la garantía de fiel cu m plim iento inicia con la

anotación en el cuaderno de obra respecto de la culm inación de esta últim a

1053

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