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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. Vil EJECUCIÓN CONTRACTUAL / MODIFICACIONES DEL CONTRATO ART. 158

De lo expuesto se advierte que la Entidad puede notificar su decisión respecto a la

ampliación de plazo, usando para esto los mecanismos tradicionales o algún medio

electrónico de comunicación -para aquellos actos que no se encuentran regulados

en la normativa de contrataciones del Estado con alguna formalidad específica-

siempre que en las Bases del procedimiento de selección se haya previsto dicha

circunstancia, así como los requisitos y parámetros establecidos en las leyes pertinentes

y se garantice la debida notificación del contratista".

OPINIÓN 085-2018/DTN: Aprobación de una solicitud de ampliación de plazo por OP 856

una prestación parcial no significa la aprobación automática de la ampliación del

plazo de las prestaciones parciales siguientes

"Así, el hecho que la Entidad otorgue la ampliación del plazo de ejecución de una

de las prestaciones parciales (en el marco de un contrato de ejecución periódica) a

cargo del contratista, no significa que -de manera automática- se haya aprobado

ampliar el plazo de ejecución de las prestaciones parciales siguientes; ello en razón

de que cada ampliación de plazo debe merecer un análisis de las condiciones previstas

en la normativa de contrataciones del Estado para su aprobación.

No obstante lo anterior, debe indicarse que -de acuerdo a las condiciones particulares

de cada contratación-, un contrato de ejecución periódica puede establecer

que el plazo de ejecución de una o varias prestaciones parciales se condicione

a la entrega de las prestaciones parciales que le anteceden; en dicho contexto, la

ampliación de plazo de alguna de estas prestaciones no implica -necesariamentela

ampliación de plazo de las siguientes entregas, pues ello dependerá de las condiciones

previstas en el propio contrato".

OPINIÓN 190-2015/DTN: Definición de "paralización" y "atraso" OP 857

Dicho lo anterior, es importante señalar que la 'paralización' implica la detención de

la ejecución de las prestaciones a cargo del contratista; mientras que el 'atraso' constituye

un retraso o retardo en el cumplimiento de dichas prestaciones, sin llegar a ser

una paralización.

En esa medida, corresponde a la Entidad determinar cuándo el contratista ha interrumpido

el cumplimiento de las obligaciones a su cargo y en qué casos viene ejecutándolas

a un ritmo menor. No obstante, ello, debe considerarse que, cuando el

hecho generador del atraso o paralización sea originado por razones ajenas a su

voluntad, el contratista podría solicitar la ampliación del plazo por la configuración

de cualquiera de los dos supuestos".

OPINIÓN 170-2016/DTN: El hecho o circunstancia puede ser que en sí no afecte la OP 858

ruta crítica, sin embargo, sus efectos sí podrían generar la afectación que se exige

para el otorgamiento de una ampliación

"(...) independientemente de la causal invocada, el contratista debía solicitar, cuantificar

y sustentar su solicitud de ampliación del plazo dentro de los quince (15) días

siguientes de concluido el hecho o circunstancia invocada como causal, para que

resultará procedente. En este punto, es importante tener en consideración que

no siempre la ocurrencia de un hecho o circunstancia por sí misma generaba la

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