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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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T. Vil EJECUCIÓN CONTRACTUAL / OBRAS ART.

del contrato, documento en el cual, de resultar indispensable, puede incluirse

cláusulas adicionales o adecuarse las propuestas en dicha proforma, sin que ello

implica contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente.

Ahora bien, resulta importante señalar que, el numeral 171.1 del artículo 171 del

Reglamento [v é a se a rt. 199 del n u e v o R LC E] establece que, las ampliaciones de

plazo en los contratos de obra dan lugar al pago de mayores costos directos y los

gastos generales variables, ambos directamente vinculados con dichas ampliaciones.

Asimismo, los costos directos deben encontrase debidamente acreditados y formar

parte de aquellos conceptos que integren la estructura de costos de la oferta

económica del contratista o del valor referencial, según el caso.

En el presente caso, se aprecia que, en la cláusula décima de la proforma del contrato,

respecto al 'reconocimiento de costos y gastos de la ampliación de plazo', se

ha establecido que las ampliaciones de plazo dan lugar sólo al pago de mayores

costos directos y los gastos generales variables, ambos directamente vinculados con

dichas ampliaciones, siempre que sean razonables, estén debidamente acreditados

y formen parte de aquellos conceptos que integren la estructura de costos directos

y gastos generales variables de la oferta económica del contratista o del valor referencial,

precisando que, los 'costos directos', no incluye maquinaria y mano de obra

paralizada, ni materiales no usados y que los 'mayores gastos generales variables' no

incluyen los costos y gastos de la oficina principal del Contratista; en relación a ello,

el participante Obras de Ingeniería S.A. a través de la consulta y/u observación N° 371

solicitó que se corrija lo referido ai reconocimiento de costos y gastos de la ampliación,

señalando que ello no se sujeta a lo establecido en las normativa de contratación

pública, ante lo cual, el comité de selección indicó que la cláusula décima

'Ampliación del Plazo Contractual' de la proforma de Contrato, no transgrede la normativa

de contratación pública, puesto que, en dicho documento se permite incluir

cláusulas adicionales o adecuar las propuestas, siempre que dichas disposiciones no

sean contrarias a la normativa vigente.

De lo expuesto, se desprende que, el comité de selección habría señalado que la

precisión realizada en la cláusula décima de la proforma del contrato respecto a que

conceptos no están incluidos en los costos directos y los mayores gastos generales

variables no transgrede la normativa de contratación pública, dado que ello se condice

con lo dispuesto en las Bases Estándar, en las cuales se establece que se pueden

incluir y/o adecuar las cláusulas de la proforma del contrato.

En ese sentido, en virtud de lo expuesto, este Organismo Técnico Especializado ha

decidido NO ACOGER el presente cuestionamiento".

------------------- § --------------------

ARTÍCULO 198

Procedimiento de ampliación de plazo

198.1. Para q u e p ro c e d a u n a a m p lia c ió n d e p lazo d e co n fo rm id a d co n lo e s ta b le ­

c id o en el a rtíc u lo p re c e d e n te , el c o n tra tista , p o r in te rm e d io d e su re sid e n te a n o ta

en el c u a d e rn o d e o b ra , el in icio y el fin al d e las c irc u n sta n c ia s q u e a su crite rio

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