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CONTRATACIONES DEL ESTADO PRÁCTICUM 2019

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

En los últimos años el marco normativo de la contratación pública ha experimentado
cuantiosos cambios, producto de la implementación de nuevas reglas relacionadas con la búsqueda de la eficiencia, la transparencia y el control necesarios para el correcto funcionamiento de uno de los más importantes sistemas del Estado . De ahí la necesidad de contar con herramientas de información que permitan conocer tanto las normas como su aplicación. En esa línea, esta obra singular contribuye a dicho conocimiento integral al compendiar en un solo lugar los textos normativos fundamentales y su desarrollo a través de las directivas, opiniones, pronunciamientos, precedentes vinculantes, fallos jurisprudenciales y doctrina más relevante y actual.

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ART. 50

TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

reincidencia, entre otros criterios previstos en los artículos 226, 227 y 228 del Reglamento

de la Ley de Contrataciones del Estado (RLCE) [v é a n se a rts . 2 6 4 , 265 y 2 6 6

d e l n u e v o R LC E].

Si bien la presentación de documentación falsa o inexacta contraviene a la buena

fe y al interés público y, por tanto, es necesario disuadirla mediante la aplicación de

una sanción por parte del Estado, también es igual de necesario verificar cuáles son

los criterios de la entidad para deliberar sobre la aplicación de una sanción en estos

supuestos, es decir, qué juicios de valor son los utilizados por el Tribunal de Contrataciones

del Estado (TCE) al momento de analizar el tipo infractor y, a partir de ello,

verificar cuáles son las consideraciones para encausarlo finalmente en las sanciones

(...)" (PP- 38-39).

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